En 2020, la Autoridad de Zakat, Impuestos y Aduanas (ZATCA) de Arabia Saudí anunció la introducción de un mandato de facturación electrónica que consta de dos fases. La primera fase de la facturación electrónica saudí exige a todos los sujetos pasivos residentes en el Reino que generen y almacenen las facturas electrónicamente y se aplica desde el 4 de diciembre de 2021. La segunda fase, que ZATCA pondrá en marcha a partir del 1 de enero de 2023, conlleva requisitos adicionales y no será obligatoria para todos los contribuyentes al principio. Sin embargo, la ZATCA planea desplegar gradualmente y exigir a todos los contribuyentes residentes que cumplan con los requisitos de la fase 2 de la facturación electrónica.
¿Quién debe cumplir la fase 2 de la facturación electrónica saudí?
La ZATCA va a desplegar la fase 2 por etapas, empezando por un grupo de contribuyentes más pequeño. Hace apenas unos días, el 24 de junio de 2022, se publicó el primer grupo de contribuyentes que deben cumplir con las normas de facturación electrónica a partir del 1 de enero de 2023. Según el anuncio de ZATCA, los contribuyentes cuyos ingresos anuales superan los 3.000 millones de riales (aproximadamente 800 millones de dólares estadounidenses) para el periodo de 2021 están en el ámbito de aplicación.
Hasta ahora, sólo se ha revelado el primer umbral del grupo. La ZATCA anunciará más adelante otros grupos de contribuyentes y nuevos plazos. La ZATCA notificará a cada grupo de contribuyentes con al menos seis meses de antelación.
¿Cómo cumplir con la fase 2 de la facturación electrónica saudí?
En la fase 2, los contribuyentes deben generar todas las facturas y notas electrónicas (notas de crédito y débito) en formato XML (UBL 2.0). Hay requisitos de contenido de la factura únicos. Todas las facturas y notas electrónicas deben incluir:
- Un hash de la factura anterior
- Un identificador universal único
- Un código QR.
Sin embargo, los requisitos de la facturación electrónica relativos a las facturas fiscales (B2B) y a las facturas simplificadas (B2C) son diferentes, por lo que se han puesto a disposición diferentes API para los distintos tipos de facturas.
Las facturas fiscales estarán sujetas a un régimen de control continuo de las transacciones (CTC) . Más concretamente, el sistema puede clasificarse como facturación electrónica de liquidación. Después de generar la factura XML, incluyendo todo el contenido necesario, la factura se transmitirá al portal de la autoridad fiscal (la plataforma ZATCA) para su liquidación a través de la API de liquidación. La plataforma ZATCA aplicará el sello de ZATCA como prueba de autorización, tras lo cual la factura adquirirá validez legal. El XML firmado se devolverá al proveedor, permitiéndole elegir si desea enviar la factura XML firmada o una versión legible por humanos, incluyendo el XML (PDF A-3 con XML incrustado). La versión legible para el ser humano debe ser en formato PDF A-3 (con XML incrustado).
Las facturas simplificadas estarán sujetas a un régimen de información del CTC . Después de generar la factura XML, incluyendo todo el contenido necesario, la factura será firmada utilizando el sello criptográfico del proveedor. Posteriormente, el vendedor presentará al comprador una copia en papel de la factura. En un plazo de 24 horas, el contribuyente debe notificar el XML firmado a la plataforma ZATCA a través de la API de notificación
Los contribuyentes deben almacenar las facturas electrónicas en formato electrónico. Existen requisitos específicos relativos al almacenamiento, entre los que se incluyen, por ejemplo, el almacenamiento local obligatorio como norma principal y el almacenamiento en el extranjero sólo permitido en determinadas condiciones. Las soluciones de facturación electrónica deben permitir además que los contribuyentes descarguen las facturas electrónicas para almacenarlas fuera de línea.
Tome medidas
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