El gobierno holandés publicó el 12 de mayo de 2022 una declaración de política actualizada sobre el impuesto sobre las primas de seguros (IPT). La primera de este tipo desde febrero de 2017, la actualización pretende sustituir la versión de 2017 en su totalidad. Aunque gran parte del contenido sigue siendo el mismo, hay algunos puntos notables relacionados con el seguro de almacenamiento y lo que denomina seguro de “transporte propio”. Estos cambios serán efectivos a partir del 13 de mayo de 2023.
Seguro de almacenamiento en los Países Bajos
El cambio amplía el alcance del seguro de almacenamiento que puede seguir considerándose como seguro de mercancías en tránsito, pasando de un almacenamiento de hasta un mes a tres meses. Incluso puede ser posible demostrar que el seguro de mercancías en tránsito se aplica para el almacenamiento de más de tres meses, pero la carga de la prueba de una conexión absolutamente necesaria entre el almacenamiento y el transporte recae en el asegurador.
La práctica general del mercado en la UE es considerar el almacenamiento de hasta 60 días como parte de la cobertura de las mercancías en tránsito, lo que hace que el enfoque holandés sea más flexible en este sentido. Las mercancías almacenadas más allá de los 60 días se tratan como un riesgo patrimonial, imponible en el lugar donde se encuentran las mercancías y no en el lugar donde el asegurado tiene su establecimiento.
Es útil considerar este cambio desde la perspectiva tanto de la aplicación de la tasa IPT como de la localización del riesgo. En cuanto a la primera, la exención del IPT aplicable a todos los seguros de mercancías en tránsito en los Países Bajos amplía esta exención a las pólizas que implican períodos de almacenamiento más largos.
En lo que respecta a la localización del riesgo, las disposiciones pertinentes de la Directiva 2009/138/CE de la UE determinan que, en el caso de los riesgos de mercancías en tránsito comercial, la localización del riesgo (y, por tanto, el país con derecho a percibir el IPT y/o las tasas asociadas) es el establecimiento del tomador del seguro al que se refiere el contrato. Cuando el seguro de almacenamiento no constituye una mercancía en tránsito comercial, el lugar de riesgo es la ubicación de la propia propiedad.
En consecuencia, las mercancías almacenadas en los Países Bajos durante más de tres meses en el marco de una póliza de transporte estarán, por lo general, sujetas a impuestos en ese país, incluso cuando el establecimiento del asegurado esté en otro lugar. Mientras que los bienes almacenados en los Países Bajos durante menos de tres meses no estarán sujetos a impuestos en el país (a menos que el establecimiento del asegurado esté también en los Países Bajos).
Seguro de “transporte propio
El otro punto clave de la declaración política se refiere al tema del “transporte propio”. Esto se define como un transporte “en el que no se contrata una empresa de transporte, sino que se trata de un transporte comercial”, lo que confirma que la exención del seguro de transporte es igualmente aplicable a los supuestos en los que las empresas organizan el transporte de mercancías comerciales en su propio beneficio. Por lo tanto, la exención no se limita a los contratistas de terceros utilizados para el transporte.
La declaración política también establece que la exención se aplica a:
- El transporte de mercancías comerciales procedentes o destinadas a la propia empresa que son transportadas por ella misma y por su cuenta.
- El transporte de mercancías propias que se transportan para permanecer en el lugar de destino. Esto puede incluir un activo empresarial como una grúa que se transporta a la obra para su posterior despliegue durante la construcción, pero también a una obra de arte expuesta en un estudio.
Sin embargo, la exención no se aplica a los seguros de los bienes propios que, aunque sean transportados, no tienen como única finalidad su traslado a otro lugar de destino. Esto podría incluir las herramientas de un contratista que se guardan en su furgoneta de reparto.
¿Es posible un mayor cambio?
Los cambios señalados son relativamente menores, ya que se refieren únicamente al negocio de las mercancías en tránsito. Otro cambio fundamental que se había planteado como posibilidad era que los Países Bajos introdujeran normas más estrictas sobre la aplicación del IPT a los riesgos de fuera del EEE, como vimos en Alemania a finales de 2020.
El alcance de los cambios en Alemania provocó en su momento una gran confusión en el mercado, por lo que es posible que el gobierno holandés haya dejado en suspenso por ahora cualquier posible plan. Esta será una cuestión interesante de seguir a medida que los países busquen formas alternativas de generar ingresos fiscales.
Tome medidas
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