Para el Reino Unido y otras empresas de fuera de la UE es vital determinar el importador de las mercancías en la UE, ya que esto repercutirá en el tratamiento del IVA.
Para las mercancías de menos de 150 euros existen opciones simplificadas como la Ventanilla Única de Importación (IOSS) o acuerdos especiales a través del operador postal. Sin embargo, cuando se suministran bienes de más de 150 euros, las empresas deben considerar cómo quieren importar los bienes.
Una opción es que las empresas realicen la entrega en base a Delivered Duty Paid (DDP) y sean los importadores de las mercancías en la UE. Esto mejora la experiencia del cliente para las transacciones B2C, pero crea la obligación de estar registrado en el país de importación y de cobrar el IVA local, junto con los requisitos adicionales de cumplimiento. Si las mercancías se trasladan desde ese país a otros países de la UE, en función de la cadena de suministro, se podría utilizar el sitio web One Stop Shop (OSS) para evitar más requisitos de registro del IVA.
Cliente como importador – opciones disponibles
Debido al aumento de los costes de cumplimiento, muchas empresas han optado por no ser el importador y trasladar esta obligación al cliente final. Si una empresa opta por esta vía, todavía hay opciones disponibles.
La empresa podría simplemente colocar toda la obligación en el cliente., El cliente recibiría una solicitud de pago del IVA y de los posibles aranceles por parte del transportista antes de la entrega., También podría haber una tasa de tramitación repercutida al cliente. Una vez pagada la mercancía se entregaría Este enfoque no proporciona la mejor experiencia al cliente.
Por ello, muchas empresas han optado por el “método del coste en destino” que ofrecen muchos transportistas. El cliente sigue siendo el importador en la documentación de importación, pero la empresa cobra el IVA y los derechos al cliente en el momento de la venta y liquida la factura del transportista en su nombre. En teoría, esto evita la necesidad de que la empresa se registre en la UE y sigue ofreciendo al cliente una experiencia fluida. Sin embargo, esto plantea la pregunta: ¿es el cliente realmente el importador?
El impacto empresarial de los términos incorrectos
Algunas autoridades fiscales están empezando a tener una visión diferente del régimen de bienes con un valor superior a 150 euros cuando los bienes se importan directamente en el Estado miembro de entrega. Un cambio de ley del 1 de julio de 2021 incluyó el concepto “cuando el proveedor interviene indirectamente en el transporte o la expedición de las mercancías”. Se trata de contrarrestar los acuerdos que permitían al vendedor argumentar que no estaba realizando una venta a distancia, sino una venta local, por lo que sólo tenía que contabilizar el IVA en el Estado miembro de expedición de las mercancías.
Tras el cambio de ley, algunas autoridades fiscales argumentan que este concepto significa que si un vendedor vende a un particular en su país y el vendedor dispone que la mercancía sea entregada desde un país no comunitario y despachada de aduana en su Estado miembro de la UE, el lugar de entrega es el Estado miembro, ya que el proveedor ha intervenido indirectamente en el transporte.
En consecuencia, el proveedor debe registrarse y contabilizar el IVA en el Estado miembro aunque el cliente sea el importador de los bienes. Este argumento podría dar lugar a una doble imposición y puede crear obligaciones de cumplimiento adicionales junto con auditorías de las autoridades fiscales – todo lo cual añade costes y tiempo adicionales para las empresas.
¿Cómo deben abordar las empresas este cambio?
Es importante que las empresas que adopten un método en el que el cliente sea el importador establezcan disposiciones correctas. Esto incluye asegurar que los términos y condiciones del sitio web reflejen el hecho de que el cliente es el importador y dar a la empresa el poder de designar un declarante de aduanas en su nombre. También es importante que la documentación aduanera se complete correctamente. Evitar términos como DDP en el sitio web también es clave, ya que esto implica que la empresa es el importador.
¿Todavía tiene preguntas?
Si necesita ayuda con las consultas sobre la importación a la UE o si su empresa necesita asistencia para el cumplimiento del IVA póngase en contacto con para hablar con uno de nuestros expertos fiscales.