En la "Declaración sobre una solución basada en dos pilares para hacer frente a los retos fiscales derivados de la digitalización de la economía", publicada el 1 de julio de 2021, los miembros del Marco Inclusivo del G20 sobre la Erosión de la Base y el Traslado de Beneficios ("BEPS") han acordado un marco para avanzar en un acuerdo de reforma fiscal global.
De este modo, se abordarán los retos fiscales de una economía mundial cada vez más digital. A fecha de 9 de julio de 2021, 132 de las 139 jurisdicciones miembros de la OCDE/G20 han aceptado el Marco Inclusivo sobre BEPS.
Detalles del pilar
Pilar 1
El pilar 1 otorga un nuevo derecho de imposición, el importe A, a los países de mercado para que las empresas paguen impuestos sobre una parte de los beneficios residuales obtenidos de las actividades en esas jurisdicciones, independientemente de la presencia física. El Pilar 1 se aplicará a las empresas multinacionales ("EMN") con un volumen de negocios global superior a 20.000 millones de euros y una rentabilidad superior al 10%.
Habrá una nueva norma de nexo que permitirá asignar el importe A a una jurisdicción de mercado cuando la empresa multinacional incluida en el ámbito de aplicación obtenga al menos 1 millón de euros de ingresos en esa jurisdicción. Para las jurisdicciones con un PIB inferior a 40.000 millones de euros, el nexo se fijará en 250.000 euros.
La "regla de nexo con fines especiales" determina si una jurisdicción puede acogerse a la asignación del importe A. Además, los países han acordado una asignación del 20-30% de los beneficios residuales de las EMN incluidas en el ámbito de aplicación a las jurisdicciones de mercado, con un nexo que utiliza una clave de asignación basada en los ingresos.
Los ingresos se imputarán a las jurisdicciones del mercado final donde se consumen los bienes o servicios, con normas de origen detalladas aún por venir.
Todavía se están elaborando más detalles sobre la segmentación, así como el diseño final de un puerto seguro de beneficios de comercialización y distribución que limitará los beneficios residuales permitidos a la jurisdicción del mercado a través del importe A.
Por último, los países han acordado racionalizar y simplificar la Cantidad B, prestando especial atención a las necesidades de los países con poca capacidad. Se espera que los detalles finalizados se completen a finales de 2022.
Pilar 2
El segundo pilar consiste en unas normas globales contra la erosión de la base ("GloBE") que garantizarán que las empresas multinacionales que alcancen el umbral de 750 millones de euros paguen un tipo impositivo mínimo de al menos el 15%. Las normas GloBE consisten en una norma de inclusión de los ingresos y una norma de pagos por debajo de la base imponible, esta última aún por ultimar.
El pilar 2 también incluye una norma de sujeción al impuesto, que es una norma basada en un tratado, que permite a las jurisdicciones de origen imponer una tributación limitada en la fuente sobre determinados pagos de partes vinculadas sujetos a impuestos por debajo de un tipo mínimo. El tipo oscilará entre el 7,5% y el 9%.
¿Cuándo se aplicará el plan?
Actualmente existe el compromiso de continuar el debate, con el fin de finalizar los elementos de diseño del plan dentro del marco acordado para octubre de 2021. Los miembros del Marco Inclusivo acordarán y darán a conocer un plan de aplicación.
El calendario actual es que el instrumento multilateral a través del cual se implementa el Monto A será desarrollado y abierto a la firma en 2022, y el Monto A entrará en vigor en 2021. Del mismo modo, el segundo pilar debería ser aprobado en 2022, para entrar en vigor en 2023.
Más detalles por venir
Aunque se han acordado los componentes clave de la Solución de los Dos Pilares, aún está por llegar un plan de aplicación detallado que incluya la resolución de los problemas restantes.
Dado que muchos países podrían aplicar estos cambios en un futuro próximo, es importante que las empresas activas en la economía digital sigan con atención y comprendan la evolución del Proyecto de Erosión de la Base y Traslado de Beneficios de la OCDE/G20.
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