El Gobierno italiano ha dado pasos importantes para ampliar el alcance de su mandato de facturación electrónica , más concretamente ampliando el ámbito de los contribuyentes sujetos a las obligaciones de emisión y compensación de facturas electrónicas, a partir del 1 de julio de 2022.
El 13 de abril de 2022, el proyecto de Ley-Decreto, conocido como la segunda parte del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia (Decreto Legge PNRR 2 – Piano Nazionale di Ripresa e Resilienza), fue aprobado por el Consejo de Ministros italiano (Consiglio dei ministri).
El Plan Nacional de Recuperación aprobado por el Gobierno italiano forma parte del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea, un instrumento creado para ayudar financieramente a los Estados miembros a recuperarse de los retos económicos y sociales planteados por la pandemia del Covid-19.
La ampliación del mandato de facturación electrónica de Italia es uno de los elementos del paquete de medidas del Gobierno contra la evasión fiscal y aborda, en particular, el avance de la transformación digital, uno de los seis pilares del DRR.
Nuevos contribuyentes en el ámbito de aplicación
El proyecto de Decreto-Ley PNRR 2 amplía la obligación de emitir y compensar facturas electrónicas a través de la plataforma de compensación italiana Sistema di Intercambio (SDI) a determinados contribuyentes del IVA exentos del mandato hasta ahora. Esto significa que, a partir del 1 de julio de 2022, los siguientes contribuyentes adicionales están obligados a cumplir el mandato de facturación electrónica italiano:
- Contribuyentes que se benefician del régimen fiscal a tanto alzado (regime forfettario)
- Asociaciones deportivas de aficionados y entidades del tercer sector con ingresos de hasta 65.000 euros
El régimen forfettario está disponible para los contribuyentes que cumplen requisitos específicos, lo que les permite adoptar un régimen de IVA a tanto alzado reducido del 15%, disminuido al 5% para las nuevas empresas durante los primeros cinco años. Estos contribuyentes han estado, hasta ahora, exentos de la obligación de emitir facturas electrónicas y compensarlas a través de la IDE, según el Decreto Legislativo 127 de 5 de agosto de 2015.
Además, se incluyen como nuevos sujetos las asociaciones deportivas de aficionados y las entidades del tercer sector con ingresos de hasta 65.000 euros que también han estado exentas del mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de julio de 2022, la facturación electrónica también será obligatoria para ellos.
El mandato sigue excluyendo a las microempresas con ingresos o tasas de hasta 25.000 euros al año, que en cambio estarán obligadas a emitir y compensar facturas electrónicas con la IDE a partir de 2024.
Se introduce un breve periodo de gracia
El proyecto de decreto también establece un breve período de gracia transitorio desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022. Durante este tiempo, los contribuyentes sujetos al nuevo mandato podrán emitir facturas electrónicas dentro del mes siguiente al que se realizó la transacción, sin estar sujetos a ninguna sanción. Esto da tiempo a los nuevos sujetos para ajustarse a la norma general que establece que las facturas electrónicas deben emitirse en un plazo de 12 días desde la fecha de la transacción.
¿Qué es lo siguiente?
El texto definitivo del decreto aún no se ha publicado en la Gaceta Oficial italiana; sólo cuando se dé este último paso, el decreto se convertirá formalmente en ley y su ámbito de aplicación ampliado será vinculante. El inicio del segundo semestre de este año trae consigo otros cambios significativos en Italia en relación con la notificación obligatoria de las facturas transfronterizas a través de FatturaPA, que también comenzará el 1 de julio de 2022.
Tome medidas
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