IPT Ubicación de los cambios de riesgo: Sus preguntas contestadas

Sovos
July 14, 2021

Como se explica en nuestro seminario web , las normas de localización de riesgos son complejas y están en constante evolución.

El equipo de cumplimiento de Sovos trató muchos temas en la sesión, como las fuentes de identificación de la ubicación del riesgo y la ubicación del riesgo frente a la ubicación del asegurado.

A pesar de esta profunda inmersión, hubo muchas preguntas que no tuvimos tiempo de responder. Al igual que en nuestro blog IPT Changes in Europe 2021: Sus preguntas contestadas , hemos dado respuesta a esas preguntas en este blog.

Pólizas de responsabilidad civil general

¿Existe un caso de póliza de Responsabilidad Civil General cuando la actividad se desarrolla en España y el tomador del seguro está en Francia?

Cuando la cobertura no se refiera a bienes, vehículos o riesgos de viaje, se aplicará la disposición "general" del artículo (13)(13)(d). En consecuencia, suponiendo que el tomador del seguro sea una persona jurídica en este caso, será el establecimiento del tomador del seguro el que determine el contrato. Sobre la base de la escasa información facilitada con esta pregunta, parece que el único establecimiento del tomador del seguro en este caso está en Francia, en cuyo caso el lugar de riesgo estaría en Francia.

El Reino Unido y el Brexit

Si tiene un riesgo situado en la UE con una póliza local de la UE, ¿puede pagar la prima la entidad de la empresa en el Reino Unido?

La entidad del grupo de un asegurado que paga la prima a la aseguradora no influye en la localización del riesgo a efectos del IPT.

¿Siguen las normas de localización del riesgo en el Reino Unido las utilizadas en la UE tras el Brexit, y podría un asegurado con sede en el Reino Unido declarar el impuesto en lugar de la aseguradora?

La ubicación de las reglas de riesgo no ha cambiado en el Reino Unido tras el Brexit y, como tal, las reglas siguen siendo las mismas que se ven en Solvencia II con cada una de las diferentes cuatro categorías de riesgo.

En el caso de las declaraciones realizadas por asegurados radicados en el Reino Unido, aunque existen disposiciones en la legislación británica que permiten a la autoridad fiscal perseguir a los asegurados en determinadas circunstancias, éstas están pensadas como último recurso cuando no han podido recuperar el IPT de una aseguradora y no existen acuerdos pertinentes entre el Reino Unido y el país de establecimiento de la aseguradora que permitan resolver el problema.

Por lo tanto, la regla general sigue siendo que la aseguradora debe declarar el impuesto, suponiendo que siga estando autorizada en el territorio.

ALEMANIA

¿Podría haber una doble imposición causada por el nuevo enfoque en Alemania hacia los contratos de grupo?

Basándonos en la interpretación natural de la nueva legislación alemana y, en concreto, de la Ordenanza para su aplicación, vemos que existe la posibilidad de doble imposición.

En particular, si existe la posibilidad de doble imposición dentro de la UE, esto lo haría considerablemente más controvertido. Podríamos ver esto en el caso de un tomador de seguro con sede en un Estado miembro distinto de Alemania y un asegurado con sede en Alemania.

La doble imposición en los Estados miembros de la UE sería incompatible con la legislación comunitaria. Como ya hemos dicho, seguiremos de cerca la evolución de la situación para ver cómo se tratan los contratos de grupo en la práctica y si la posición de la nueva legislación se cuestiona a nivel de la UE en el futuro.

Tengo entendido que las autoridades alemanas podrían publicar nuevas orientaciones sobre si las filiales no pertenecientes al EEE de un asegurado alemán crean un establecimiento a efectos del IPT si una póliza suscrita por un asegurador del EEE las cubre junto con el asegurado alemán, ya que la ley modificada de diciembre del año pasado sólo menciona que las sucursales no pertenecientes al EEE quedarían atrapadas en la red y sujetas a la doble imposición. Hasta ahora, la orientación parece haber sido que la respuesta es afirmativa, pero que el Ministerio de Hacienda podría estar replanteándoselo. ¿Ha oído algo sobre este punto?

Seguimos vigilando la evolución de este tema. Recientemente, la cuestión se contempla en las orientaciones publicadas por el Ministerio de Hacienda el 4 de marzo de 2021, como se mencionó en nuestro seminario web. Como siempre, nos aseguraremos de que nuestros clientes estén informados de cualquier actualización a medida que se produzca.

Malta

Si en Malta sólo se incluyen los vehículos de motor, ¿cómo se determina la ubicación del riesgo para los barcos y los aviones?

Este sería otro ejemplo de los casos en que se puede utilizar la letra d) del apartado 13 del artículo 13. En consecuencia, sería el establecimiento del tomador del seguro al que se refiere el contrato (suponiendo que lo asegure una persona jurídica) o la residencia habitual del tomador del seguro (si lo asegura una persona física). Podría ser el mismo país en el que está registrado, pero puede no serlo.

Tome medidas

¿Todavía tiene preguntas sobre el IPT? Vea nuestro reciente seminario web, Cambios en la normativa sobre IPT en Europa.

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Autor

Sovos

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