El IVA en la era digital aprobado en ECOFIN

Kelly Muniz
November 1, 2024

Actualización: 14 de febrero de 2025 por Kelly Muniz

El Parlamento Europeo ha aprobado la propuesta del IVA en la Era Digital (ViDA), con lo que está un paso más cerca de su adopción oficial. La propuesta se dirigirá ahora al Consejo de la UE para su aprobación final, lo que supone un paso clave en el esfuerzo por modernizar los sistemas del IVA en toda la Unión Europea.

ECOFIN acuerda ViDA

La tan esperada propuesta sobre el IVA en la era digital (ViDA) ha sido aprobada por los ministros de Economía y Finanzas de los Estados miembros. El 5 de noviembre de 2024, durante la reunión del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN), los Estados miembros acordaron por unanimidad adoptar el paquete ViDA. Esta decisión marca un hito importante en la modernización de la Directiva sobre el IVA, sentando las bases para un sistema de IVA más eficiente y digital en toda la Unión Europea.

Algunos cambios entrarán en vigor inmediatamente una vez que el paquete entre en vigor, mientras que otros se implementarán por etapas en los próximos años.

El texto pasará a la aprobación formal del Parlamento, tras lo cual estará listo para su adopción oficial.

Lea nuestro blog a continuación para obtener un desglose detallado de las enmiendas que afectan a las obligaciones de facturación electrónica, el nuevo Requisito de Informes Digitales (DRR) y el cronograma de estos cambios.

 

Nueva propuesta de ViDA lista para la aprobación de ECOFIN

El Consejo de la Unión Europea ha lanzado una nueva propuesta relativa a la reforma del IVA en la Era Digital (ViDA).

La propuesta tiene por objeto modernizar y racionalizar los sistemas del IVA en toda la UE, en particular la facturación electrónica y los controles continuos de las transacciones. Los Estados miembros lo examinarán el 5 de noviembre en la próxima reunión del ECOFIN.

Si se aprueba, se producirán una serie de cambios a lo largo del tiempo, algunos de los cuales entrarán en vigor tan pronto como la Directiva entre en vigor. A continuación, se ofrece un resumen de las principales actualizaciones, en particular sobre la facturación electrónica y los requisitos de CTC.

¿Qué hay de nuevo y a qué se debe el retraso?
La nueva propuesta no modifica sustancialmente su versión anterior. El principal cambio de la nueva propuesta de ViDA se refiere a las fechas en las que las medidas entran en vigor. Los plazos se han pospuesto como resultado de los contratiempos que ViDA ha enfrentado desde su borrador inicial.

La propuesta de ViDA ha sufrido retrasos debido a la complejidad de sus objetivos, que consisten principalmente en armonizar los distintos sistemas de IVA dentro de la UE. Además de las amplias consultas celebradas durante este proceso para equilibrar los intereses de las diferentes partes interesadas, la aprobación de la ViDA requiere la armonización de las opiniones y prioridades de los Estados miembros.

Esto ha resultado ser un obstáculo importante, ya que los Estados miembros han expresado sus preocupaciones en relación con diferentes aspectos de la propuesta, como los costes de aplicación y la adaptación a las normas de privacidad de datos de la UE, entre otros. ViDA también debe pasar por los pasos formales para su aprobación por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de la UE.

La combinación de estos factores ha hecho que la adopción de ViDA sea un proceso largo, pero su implementación promete beneficios significativos en los sectores público y privado de toda la UE.

 

Recapitulación: ¿Qué es ViDA y qué cambia con su adopción?

Cambios efectivos con la aprobación de la ViDA

Retirada de la homologación de la UE para la facturación electrónica nacional: Según la actual Directiva sobre el IVA, se requiere la aprobación de la UE para que los Estados miembros introduzcan la facturación electrónica B2B obligatoria a nivel nacional. Países como Italia, Polonia, Alemania, Francia, Bélgica y Rumanía han solicitado excepciones para exigir la facturación electrónica. Con ViDA, los Estados miembros pueden imponer la facturación electrónica nacional sin necesidad de aprobación de la UE, siempre que se aplique solo a los contribuyentes establecidos.

Eliminación de la aceptación de facturas electrónicas del comprador: La actual Directiva del IVA de la UE establece que el uso de facturas electrónicas está sujeto a la aceptación del comprador. En virtud de la ViDA, los Estados miembros que hayan introducido la facturación electrónica nacional obligatoria ya no exigirán el consentimiento del comprador.

Cambios en ViDA a partir del 1 de julio de 2030

Redefinición de la factura electrónica

ViDA redefine las facturas electrónicas. Según la propuesta, las facturas electrónicas son aquellas emitidas, transmitidas y recibidas en un formato electrónico estructurado que permita su procesamiento automatizado. Esto significa que los formatos no estructurados, como los PDF puros o las imágenes JPEG, ya no calificarán como factura electrónica. Los formatos híbridos, como ZUGFeRD y Factur-X, pueden permanecer debido a su parte estructurada.

En principio, las facturas electrónicas deben cumplir con la norma europea y la lista de sus sintaxis conforme a la Directiva 2014/55/UE (el formato "EN"). Sin embargo, la ViDA permite a los Estados miembros utilizar otras normas para las transacciones nacionales si se cumplen determinadas condiciones.

A partir de 2030, las facturas electrónicas B2B que cumplan con el estándar europeo serán la predeterminada y ya no requerirán la aceptación del comprador. Sin embargo, si un Estado miembro opta por una norma nacional obligatoria diferente, puede renunciar o exigir la aceptación del comprador para las facturas electrónicas que utilicen la norma europea.

Requisitos de información digital (DRR) para transacciones transfronterizas

Una de las actualizaciones más impactantes de ViDA es el requisito de informes digitales casi en tiempo real de los datos de transacciones transfronterizas.

A partir de 2030, los contribuyentes que realicen transacciones transfronterizas dentro de la UE deberán comunicar los datos de las facturas por vía electrónica siguiendo el formato EN. Dicha reducción del riesgo de desastres será una condición para que los contribuyentes puedan eximir el IVA en una transacción transfronteriza o reclamar el IVA soportado. Cada Estado miembro establecerá mecanismos electrónicos para la presentación de estos datos.
Con ViDA, las facturas electrónicas transfronterizas dentro de la UE deben emitirse en un plazo máximo de 10 días después del hecho imponible. En estos casos, la RRD debe producirse al mismo tiempo que se emite la factura electrónica o debería haberse emitido.

Las facturas emitidas por el destinatario en nombre del vendedor (lo que se conoce como autofacturación) y las facturas relativas a adquisiciones intracomunitarias deben informarse a más tardar cinco días después de la emisión de la factura o deberían haberse emitido o recibido, respectivamente.

Como era de esperar, las RRD pueden ser llevadas a cabo por los propios contribuyentes o subcontratadas a un tercero en su nombre.

Requisitos de información digital para transacciones nacionales

ViDA otorga a los Estados miembros la opción de exigir informes digitales para las ventas nacionales B2B/B2C, los datos de compra y los autosuministros para los contribuyentes registrados a efectos del IVA dentro de su jurisdicción. Los requisitos nacionales de presentación de informes deben ajustarse a las normas transfronterizas de RRD de ViDA, y los Estados miembros deben permitir la presentación en el formato normalizado europeo, aunque pueden permitirse otros formatos interoperables.

En el caso de los Estados miembros que cuenten con sistemas nacionales de notificación en tiempo real a partir del 1 de enero de 2024, se exigirá el cumplimiento de las normas de ViDA para 2035. Por otro lado, la propuesta aclara que pueden seguir existiendo otras obligaciones de información, como el SAF-T. Esta armonización garantizará la coherencia en toda la UE en la preparación para la plena aplicación de la ViDA.

Los Estados miembros tienen hasta el 30 de junio de 2030 para integrar las disposiciones de facturación electrónica y RRD de ViDA en su legislación nacional, lo que hará que la Directiva entre en vigor en toda la UE a más tardar el 1 de julio de 2030.
El impacto de ViDA en las empresas

La propuesta de ViDA representa un cambio significativo para las empresas que operan en la UE, ya que promete tanto oportunidades como desafíos. Con la introducción de las RRD, ViDA pretende sustituir los requisitos obsoletos, reducir las cargas administrativas, mejorar la precisión y combatir el fraude del IVA.

El avance hacia la facturación electrónica estructurada y los informes digitales casi en tiempo real requerirá que las empresas actualicen sus sistemas de facturación y presentación de informes, impulsando la transformación digital en todos los sectores. Si bien la transición puede implicar ajustes iniciales, se espera que aumente la eficiencia, cree un campo de juego nivelado y facilite una interoperabilidad más fluida entre las empresas que utilizan diferentes sistemas.

Para obtener más información, lea nuestra guía específica sobre el IVA en la era digital.

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Autor

Kelly Muniz

Kelly Muniz is a Senior Regulatory Counsel at Sovos, specializing in global e-invoicing developments. Originally from Brazil and currently based in Stockholm, Kelly holds a Bachelor’s Degree in Law and worked as a licensed lawyer in her home country. She also earned a Master’s Degree in EU Business Law from Lund University in Sweden.
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