En septiembre de 2020, Italia introdujo importantes cambios en las normas del país sobre la creación y conservación de documentos electrónicos. Se esperaba que estos nuevos requisitos entraran en vigor el 7 de junio de 2021. Sin embargo, la Agencia de Italia Digital (AGID) ha decidido ahora posponer la introducción de las nuevas normas sobre documentos electrónicos hasta el 1 de enero de 2022.

Las nuevas “Directrices para la creación, gestión y conservación de documentos electrónicos” (“Directrices”) regulan diferentes aspectos de un documento electrónico. Al seguir las Directrices, las empresas se benefician de la presunción de que sus documentos electrónicos proporcionarán pruebas completas en los tribunales.

El aplazamiento de la introducción de las Directrices es una reacción de la AGID a las reclamaciones de las organizaciones locales que han expresado especialmente su preocupación por la obligación de asociar metadatos a los documentos electrónicos. Las Directrices establecen una amplia lista de campos de metadatos asociados a los documentos electrónicos de forma que se permita la interoperabilidad.

Modificación de los requisitos de los metadatos

Además de retrasar la introducción de la nueva legislación sobre documentos electrónicos, la AGID también ha modificado los requisitos de los metadatos. Esto incluye nuevas piezas de metadatos y el cambio de la descripción de algunos campos. La AGID también ha corregido las referencias -especialmente a las normas- y ha reformulado las declaraciones para aclarar algunas obligaciones.

Las directrices actualizadas y sus correspondientes apéndices están disponibles en el sitio web de la AGID .

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Bulgaria podría ser el próximo Estado miembro de la UE en introducir los controles continuos de las transacciones (CTC) tras Italia, Francia y Polonia. La introducción de los CTCs proporciona a las administraciones fiscales una visibilidad más granular y continua de los datos empresariales relevantes para la fiscalidad.

Bulgaria ha anunciado que está estudiando la posibilidad de imponer la facturación electrónica y la transmisión de las facturas a la administración fiscal. Esto podría hacerse a través de un software de facturación electrónica de un proveedor o de un software desarrollado y alojado por la propia autoridad fiscal.

Todavía no se sabe si la transmisión de datos a la autoridad fiscal se utilizará únicamente para informar o si habrá un mecanismo de compensación, en cuyo caso no se emitirá una factura a la contraparte hasta que la autoridad fiscal la autorice primero.

La ANR, la autoridad fiscal búlgara, está revisando su propuesta de facturación electrónica con las partes interesadas del sector para decidir si adopta un modelo de facturación electrónica obligatorio. Se espera una decisión sobre la adopción de un esquema de CTC para finales de año.

Paralelamente, la ANR ha propuesto cambios para digitalizar el proceso de notificación del volumen de negocio de los minoristas en línea. Los cambios propuestos permitirán a los minoristas en línea enviar los datos directamente a la ANR a través de un software registrado, en lugar del método actual de notificación del volumen de negocios mediante cajas registradoras. Estos cambios, que se encuentran actualmente en fase de consulta pública, entrarán en vigor tras su aplicación en la legislación secundaria.

Aunque la facturación electrónica búlgara está en sus inicios, es evidente que forma parte de la tendencia general de la CTC en Europa.

Será interesante ver lo rápido que Bulgaria puede ponerse al día con los planes de CTC de sus Estados miembros, estaremos atentos a la evolución.

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Más allá de las implicaciones descritas en nuestra última entrada de blog, el decreto ley 28/2019 no solo afecta a la facturación, también presenta modificaciones tanto a la hora de archivar como de declarar los datos fiscales.

Archivo electrónico obligatorio

Una novedad del decreto ley es la introducción explícita de la obligación de archivar las facturas electrónicas en formato electrónico, lo cual promueve aún más la adopción de formatos electrónicos. Portugal ha elegido un sistema cerrado en el que, por ley, la factura debe permanecer en el mismo formato en el que se emitió. Esto significa que incluso las empresas que no realizan facturas electrónicas, pero que sí las reciben de sus proveedores, deberán adquirir y mantener un archivo electrónico. La solución alternativa sería rechazar la factura y solicitar una versión impresa. Para el archivo, la ley no permite modificaciones en el formato de la factura.

La ley también fija los siguientes requisitos de archivo:

Es obligatorio que los contribuyentes informen a la administración tributaria de la ubicación del archivo electrónico. Todos los contribuyentes deben cumplir con las normas de transición del decreto ley en un plazo máximo de 30 días a partir de su entrada en vigor, es decir, antes del 17 de marzo de 2019.

Cambios en la presentación del SAF-T (PT)

Además de las normas de archivo electrónico, se han introducido cambios en la forma de presentar los datos de facturación a la autoridad fiscal a través de archivos SAF-T (PT), modificando las disposiciones establecidas en el decreto ley n.º 198/2012 con respecto al período de presentación del archivo SAF-T (PT). Hasta este momento, los contribuyentes podían presentar el archivo SAF-T para cumplir con las obligaciones de declaración de impuestos hasta el día 25 del mes siguiente al mes de emisión de la factura.

Ahora, entra en vigor un período de presentación de declaraciones más reducido de acuerdo con el siguiente cronograma:

Los contribuyentes aún pueden optar por declarar sus impuestos en tiempo real a través de la integración de servicios web en lugar de cargar el archivo SAF-T (PT).  El decreto ley destaca esta opción de declaración, ya que los contribuyentes que la eligen no están obligados a imprimir las facturas emitidas en operaciones B2C a menos que el comprador lo solicite explícitamente, y siempre en caso de que cumplan los requisitos de insertar el código de factura único y usar software de facturación certificado.

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