En materia de facturación electrónica, la emisión de CFDI en línea es obligatoria.

El Comprobante Fiscal Digital por Internet o CFDI es el documento oficial para comprobar transacciones entres dos partes, sean personas físicas o morales en México. El formato obtenido de la emisión de un CFDI consta de dos partes, XML y PDF, que garantizan su integridad, autenticidad y originalidad. Además es verificable en caso de dudas o correcciones.

En materia de CFDIs en línea, los expertos afirman que más complementos serán añadidos este año, los cuales darán un giro a la industria. Dichos valores a agregar tienen que ver con nómina y retenciones o información de pagos. También se esperan cambios en los estatutos existentes respecto a los campos a llenar, y la eliminación de algunos de ellos.

Sean cuales sean estos cambios, es importante tener en claro que la facilidad para aplicarlos dependerá del asesoramiento oportuno que reciba por parte de su proveedor. Solo así podrá   realizar su CFDI en línea, cumpliendo con los estatutos que dicta el SAT, timbrando el documento y enviándolo de manera correcta y oportuna.

Ventajas de realizar CFDIs en línea

  1. Disminución de costos, tanto en producción, administración y almacenamiento, como en el manejo de estas.
  2. Manejo de tecnología para liberar el trabajo manual.
  3. Seguridad en el proceso, al ser realizado bajo los estatutos, eliminando el riesgo de sanciones, reprendas o multas.
  4. Validez en licencias, funcionalidad con los sistemas operativos, respaldo de antivirus y firewall para eliminar cualquier amenaza o vulnerabilidad.
  5. Asesoría siempre disponible, realizada por personal altamente capacitado para resolver cualquier situación.
  6. Prevención de pérdidas, gestión y manejo de archivos y disponibilidad de consulta a través de distintos protocolos de búsqueda.
  7. Aprovechamiento en la economía que facilitan los PAC, pues tienen distintos programas y paquetes que se ajustan a las necesidades del cliente.
  8. Contienen las 4 garantías que debe contemplar una CFDI y la validez y respaldo oficial de un sistema coordinado con el SAT.
  9. Respecto a las auditorías, tiene la capacidad de facilitar el proceso en un 70%, pues la accesibilidad y disponibilidad de los documentos elimina el tiempo de búsqueda y gestión.
  10. Su manejo a través de un portal facilita la inmediatez de las correcciones. Asimismo, en caso de error, el mismo sistema de archivo lo guarda en un lugar de retención, especifica la razón y la forma de arreglarlo.
  11. Su empresa será reconocida como socialmente responsable al cumplir con los requisitos estipulados por ley.
  12. Proporciona asesoramiento para enfrentar el proceso.

Dentro del sistema actual de declaración fiscal, la factura electrónica es el “nuevo” método, obligatorio desde el año 2014. ¿Sabe cómo generar una factura electrónica o aún tiene dudas?

La factura electrónica es la nueva modalidad del documento realizado anteriormente en papel, el cual ya no debería utilizar. Al facturar electrónicamente, está desarrollando el mismo fundamento, ya que se utiliza para declarar el costo de servicios y extraer los impuestos y cargos que como persona física debe pagar.

Una vez que opte por poner en práctica el desarrollo de este tipo de declaración, atenderá a las disposiciones legales que le corresponden, y que le permitirán de igual modo, aún sin un documento físico, cumplir con los estatutos que debe contemplar, incluyendo autenticidad, veracidad, originalidad, integridad y tiempos.

La factura electrónica se caracteriza por su validez legal, su fácil manejo, control y rastreo, tanto de las partes involucradas en su emisión y recepción, como de la autoridad fiscal.

¿Cómo hacer una factura electrónica?

La implementación de la factura electrónica es una obligación que debe atender de inmediato, pues el SAT, entidad que rige las declaraciones fiscales del país, podría de lo contrario generar multas y sanciones. Para hacer una factura electrónica se aconseja afiliarse u obtener los servicios que presta la plataforma de un PAC, ya que en ella, se engloban todos los parámetros necesarios y se cubren las necesidades correspondientes con la asesoría profesional y dedicada que busca. Asimismo, contiene las especificaciones de una manera sencilla y fácil de comprender, así como el contacto con algún asesor disponible cuando lo solicite.

Para facturar electrónicamente, primero debe darse de alta en Hacienda, según el caso que su situación presente. Esto quiere decir que, antes de nada, debe aclarar si es persona física o moral y obtener su RFC.

Una vez hecho esto, el SAT pone a su disposición su plataforma para que realice la solicitud correspondiente y obtenga los archivos que requiera. Lo siguiente será desarrollar la Firma Electrónica, la cual también se explica en el portal del SAT y con ella ingresar a los portales que la entidad ofrece según el requerimiento que solicite.

¿Ya tengo mi FIEL, ¿qué sigue?

Debe ir al apartado “Firma Electrónica Avanzada – Comprobantes Digitales” del portal del SAT, el que contiene un vínculo que lo dirigirá a un lugar donde ingresará los archivos que generó anteriormente y la contraseña. Luego obtendrá un certificado que debe resguardar, pues ese certificado será la pieza vital para emitir facturas.

Ahora, a través de nuestra barra de navegación o dando clic al vínculo anterior, podrá comenzar a navegar a través del sitio para la generación de facturas electrónicas.

Generar una factura electrónica

Nuestro sitio ofrece a quienes solicitan sus servicios un portal en el cual podrán navegar de una manera ágil y sencilla, pues cada sección está dividida según la necesidad que desee cubrir. En primer plano y de inicio, el portal le ofrece crear una cuenta gratis por un tiempo determinado, en el cual podrá desarrollar las habilidades necesarias para comprender ampliamente el sistema. De la misma manera, contamos con asesores que podrán apoyarle en todo momento.

Estos son los pasos que deberá seguir para generar una factura electrónica:

Uno de los factores clave para el desarrollo de un negocio es estar al día con los deberes y aspectos fiscales, ya que ignorarlos puede provocar desequilibrios por las actualizaciones, recargos y multas generadas. Además, procurar la legalidad en los procesos internos y externos mejora las posibilidades de mantener e incrementar la productividad de nuestra organización, haciéndola más competitiva.

Para muchos empresarios, estar al corriente con el fisco puede parecer una tarea complicada; sin embargo, actualmente, la mayoría de los trámites se realiza de forma electrónica, lo que permite ahorrar tiempo, disminuir costos, llevar un buen control financiero y tener acceso a los beneficios que la tecnología otorga.

En general, estos son los requerimientos que se deben tomar en cuenta al abrir un negocio para estar alineado con la legislación fiscal vigente:

– Darse de alta en el SAT: la primera obligación fiscal es inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y mantener actualizados sus datos.

– Presentar declaraciones: mensualmente debe presentar la declaración de Impuesto Sobre la Renta (ISR), la de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la de retenciones de IVA e ISR, la de Información de Operaciones con Terceros (DIOT), la de impuestos locales y anualmente, las declaraciones de IVA e ISR y la Informativa Múltiple (DIM).

– Facturar electrónicamente: todos los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para realizar las deducciones correspondientes, por lo que las facturas en papel ya no son válidas. Para expedir CFDI necesita su Firma Electrónica (FIEL), el Certificado de Sello Digital (CSD) y una solución tecnológica que automatice la generación, envío y almacenamiento de las facturas electrónicas.

– Emitir recibos de nómina electrónicos: todas las empresas que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados a sus trabajadores, deben expedir CFDI por los pagos que realicen.

– Llevar contabilidad electrónica: enviar su información contable al SAT por medios electrónicos, es decir, debe generar los archivos tipo XML de la balanza de comprobación, catálogo de cuentas, pólizas y auxiliares de cuenta para entregarlos a la autoridad fiscal a través de su página de Internet en los tiempos establecidos.

– Recuerde que cumplir con sus obligaciones frente al fisco le permitirá demostrar la solidez de su compañía, conocer la situación financiera de su empresa en cualquier momento para tomar decisiones oportunas, y, lo más importante: tener en orden su situación fiscal le permitirá enfocarse en su principal objetivo, que es hacer que su negocio funcione y crezca.

La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. Para dar cumplimiento formal a este ingreso, se envía únicamente la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación. Hace pocos años, entró en vigor el uso obligatorio de la facturación electrónica para las personas morales, luego las personas físicas y finalmente, exigieron a todos el timbrado de las facturas, lo que implica enviar al SAT copia de dichos documentos. Es la traducción de una parte de la información contable a archivos en formato XML, para que puedan ser revisados por la autoridad.

Esto nace a partir de la necesidad de un mayor control y debido a las carencias actuales de recursos humanos. La información contable en formato electrónico (XML), así como cuentas y balanza de los contribuyentes. Adicionalmente, se pidió asociar dentro de las pólizas la información de los CFDI de ingresos y gastos, detallando la forma de pago y cobro de estos, con el objetivo de tener una imagen más clara de la salud fiscal de los contribuyentes.

Los contribuyentes deben revisar los catálogos contables y asegurarse de cumplir con la estructura solicitada por el SAT para evitar que haya interpretaciones equivocadas de la información contable. También se deben depurar los saldos de cuentas en función de la nueva estructura y pedir a los contadores que cambien su forma de contabilizar. Este método debe ser aplicado por todos aquellos contribuyentes del sector financiero, personas morales y físicas con ingresos mayores a cuatro millones de pesos. Deben enviar la información del catálogo de cuentas con código agrupador y la balanza de comprobación correspondiente a los meses que deban declarar. Los contribuyentes que utilicen el buzón tributario deben, de manera previa, haber confirmado su correo electrónico. Es recomendable revisar los archivos en el validador de forma y sintaxis disponible en el Portal del SAT, así como verificar que esté vigente la firma electrónica.

Nuestra compañía cuenta con una plataforma plenamente preparada para emitir, gestionar, controlar y validar con el SAT los CFDI, lo que reduce enormemente la presión vinculada a sus ejercicios fiscales.

Al iniciar su recorrido por la plataforma, aparecerá una pantalla con las siguientes pestañas:

Al ser una plataforma que trabaja en Internet bajo un esquema WEB, se obedecen principios de seguridad base, tales como:

Pruebe nuestra plataforma de emisión de CFDI. Los primeros 30 días dispone de un trial totalmente gratis.
Solicitar información

Un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) puede solicitar ante el SAT la autorización para ofrecer el servicio de emisión de CFDI por medio del adquiriente de bienes o servicios.

Los PAC podrán operar como PSECFDI para emitir el CFDI; luego será timbrado, se validará el CFDI, asignará folio fiscal y sellará digitalmente con el certificado de sello digital del SAT generado para dicho efecto.

¿Qué requisitos deben cumplir los PAC para ser PSECFDI?

Para que un PAC pueda operar como PSECFDI debe:

¿Quiénes pueden expedir CFDI a través de un PSECFDI?

Quienes pueden hacer uso de los PAC – PSECFDI para emitir CFDI son contribuyentes que necesiten:

¿Qué se necesita para expedir CFDI con sujetos del Sector Primario?

Deberán verificar que las personas físicas a quienes les realizan las adquisiciones se encuentren inscritas en el RFC. En caso contrario, deberán proporcionar al SAT los datos necesarios para la inscripción en el RFC de dichas personas físicas; además deberá proporcionarle al proveedor autorizado lo siguiente:

El PSECFDI solicita al SAT aprobación para la emisión de cada una de las facturas electrónicas que solicita. En caso de rechazo, es posible que el RFC tenga obligaciones adicionales o distintas a las de este sector y por ende, no es sujeto de esta facilidad.

Solemos criticar al sistema encargado de regir el cobro de impuestos. Sin embargo, aunque nos genere un costo, tiene también efectos positivos; al aplicarlo, entramos en un proceso de contribución-retribución. Como contribuyente, puede apoyarse en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), la que, por ejemplo, recientemente consideró violatoria la modificación a la ley que establece un tope a las deducciones personales.

Aquí le presentamos los 10 derechos a los que tiene acceso al pagar impuestos:

1.- Derecho a la información y asistencia

La autoridad tributaria debe proporcionar al contribuyente la información suficiente respecto de su situación fiscal en las diferentes etapas de su relación con la autoridad. De igual forma, está obligada a publicar periódicamente instructivos de fácil comprensión y a entregar la certificación y copia de las declaraciones presentadas en un procedimiento, así como a acceder a los registros y documentos que forman parte del expediente abierto a su nombre.

2.- Derecho a ser escuchado

El contribuyente podrá presentar, libremente y sin represalias, las pruebas que le respalden de surgir cualquier malentendido, así como quejas, observaciones o dudas.

3.- Derecho de petición

El contribuyente podrá obtener la certificación de los trámites que realice.

4.- Derecho a la confidencialidad y protección de datos

La autoridad deberá mantener confidenciales y resguardados en todo momento los datos del contribuyente.

5.- Derecho a la autocorrección fiscal

El contribuyente puede autocorregirse en las distintas contribuciones que sean objeto de revisión con la presentación de la declaración normal o complementaria que corresponda, a partir del inicio de las facultades de comprobación y hasta antes de que la autoridad tributaria le noti­fique la resolución determinante de las contribuciones omitidas.

6.- Derecho a no pagar más contribuciones de lo debido

El monto que pagará el contribuyente será el que le corresponda e indique la autoridad a partir de lo que genere.

7.- Derecho de acceso a la justicia fiscal

El acceso efectivo a la justicia fiscal requiere que las personas conozcan sus derechos y los mecanismos disponibles para exigirlos.

8.- Derecho a la presunción de buena fe

El contribuyente tiene derecho a que todas las actuaciones que realice se presuman de buena fe; por tanto, corresponde a la autoridad tributaria acreditar la existencia de cualquier circunstancia agravante en la comisión de infracciones fiscales.

9.- Derecho a una administración ágil y eficiente

Este derecho del contribuyente implica tres obligaciones para la autoridad tributaria. La primera es facilitar en todo momento al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. La segunda es que las actuaciones de la autoridad tributaria -en donde intervenga el contribuyente- se lleven a cabo de la forma en que resulte menos gravosa para éste. Por último, la administración tributaria debe fomentar el principio de simplifi­cación en la política, legislación y gestión tributaria.

10.- Derecho a un trato respetuoso

El trato entre ambas partes debe regirse por el respeto y una actitud servicial, siempre buscando un común acuerdo y cubriendo las necesidades que se presenten.

Si necesita asesoría de la Prodecon puede consultar aquí dónde está la delegación más cercana; comunicarse al 01 (55)12 05 9000 en el Distrito Federal o desde el resto del país al 01 800 611 0190 en horario de atención al público (lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas).

A raíz de la implementación y generalización de la factura electrónica en México, ha surgido mucha información errónea que genera confusión en los usuarios que deben aplicarla. Por esta razón, hemos creado una lista de los 10 mitos sobre la facturación electrónica, que le invitamos a leer y compartir:

Mitos sobre la facturación electrónica

  1. El único mecanismo para generar facturas electrónicas para personas físicas y RIF es a través de “Mis Cuentas” del SAT

FALSO. Ya que a través de portales y mecanismos provistos por terceros también se puede llevar a cabo sin necesidad de ingresar a la página del SAT. Existe una lista autorizada de PACs, de entre los cuales es posible escoger al proveedor de comprobantes fiscales que más se adapte a las necesidades puntuales.

  1. Es necesario ir al SAT para realizar los trámites de alta

FALSO. Ya sea que se utilicen los sistemas propios del SAT o de terceros (PAC), el trámite para facturar electrónicamente puede realizarse online.

  1. Solo mi contador puede realizar los trámites o asignarme un sistema

FALSO. Si bien es cierto por lo general, los trámites a realizar en la página del SAT no son simples, los proveedores de sistemas de facturación electrónica cuentan con asesores e instructivos donde se explica paso a paso el procedimiento, para que la operación pueda ser llevada a cabo por el mismo interesado.

  1. Las facturas en papel ya no sirven

CIERTO. Las facturas en papel dejaron de ser válidas desde abril del 2014, por lo que para emitir una factura, es imprescindible hacerlo a través de un PAC o a través del sistema Mis Cuentas del SAT.

  1. Una factura electrónica no puede imprimirse

FALSO. Las facturas electrónicas pueden imprimirse en una hoja simple A4 y entregarse en papel, pero hay que recordar que la factura impresa (PDF) es solo una representación del verdadero documento valido, el XML, por lo que debe cerciorarse de recibir ambos documentos en su correo electrónico para hacerlos válidos ante el SAT.

  1. Las facturas electrónicas deben imprimirse para su resguardo

MITO. No es necesario imprimir. Las facturas electrónicas, ya sean generadas o recibidas, se resguardan en formatos específicos establecidos por el SAT. Los PAC, por lo general, solucionan este problema por defecto para sus clientes emisores o receptores.

  1. Si la factura no viene en PDF no tiene valor legal o no es electrónica

FALSO. La factura electrónica se conforma como tal, independientemente del formato en que se publique o distribuya. Una factura electrónica no es más que un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que comprende de dos partes, un PDF y un XML que contiene la cadena de datos requeridos por el SAT.

  1. Solo puedo utilizar un sistema de facturación electrónica

FALSO. Es posible utilizar cuantos sistemas se desee y cuantos proveedores existan; cada uno dependerá de un único punto de venta paralelo a los demás. Esto aplica para el caso en que, por ejemplo, un cliente le solicite a su proveedor la utilización de un sistema en particular para la generación o presentación de facturas, ya que le genera beneficios en cuanto al acceso de los datos, canales de recepción, archivado, etc.

  1. Debo cambiar mi sistema de gestión dependiendo de qué sistema de facturación electrónica utilice

MITO. Los sistemas de gestión, por lo general, proveen de mecanismos de facturación electrónica, pero en caso de que no, éstos pueden articularse con una interfaz simple.

  1. Debo saber mucho de sistemas para poder facturar electrónicamente

MITO. El SAT habilitó WebServices que permiten a empresas desarrolladoras de productos y sistemas y algunas otras, generar soluciones intuitivas para usuarios “no expertos”.

Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) mexicanas, grandes impulsoras de la economía suelen no contar con las mismas posibilidades de las grandes empresas en varios aspectos, por lo que buscan apoyo y respaldo de mecanismos que protejan sus intereses. Uno de ellos es la facturación electrónica (CDFI), que puede brindar varios beneficios a los emprendedores en búsqueda de estabilidad para sus negocios.

Los sistemas de factura electrónica ayudan a agilizar aspectos administrativos como el rastreo eficiente de facturas; posibilitan el ahorro de espacio, incrementan la seguridad de los archivos al realizarse las operaciones en tiempo real -evitando adulteraciones a la información- optimizan los cobros y ahorran tiempo. Todos estos factores contribuyen a aprovechar de mejor manera los recursos. Vicente Milán, empresario, afirma:

El Estado, sin quererlo, ha ayudado a las pymes a modernizar este tipo de dispositivos, al migrar parte importante de sus contratos y servicios […] o adoptar herramientas como la factura electrónica.

Para llevar a cabo este proceso de forma exitosa se debe buscar la opción que mejor se ajuste tanto a lo que la empresa genera, como a las cantidades que se emitirán mensualmente. Además es importante recordar que existen tipos de facturas gratuitas.

 

Desde que el proceso de facturación electrónica entró en vigor en México, se han instaurado distintas herramientas para facilitar la aplicación de este sistema, que buscan, principalmente, facilitar la comunicación de los contribuyentes con la entidad encargada de realizar las revisiones de los CFDI. En esa línea, el SAT creó el apartado de Buzón Tributario, que permite que las partes en cuestión -quien emite y quien recibe- tengan la capacidad de entablar comunicación respecto a dudas, cuestionamientos, aclaraciones y asesoramiento para que el proceso tenga un resultado óptimo.

Creada como herramienta de servicio para las personas -físicas o morales- que actúan como contribuyentes, el buzón es un apartado mediante el cual la dependencia podrá enviar notificaciones electrónicas a las personas que con él contribuyen enviando las declaraciones fiscales correspondientes. Por ley, queda estipulado que quienes estén registrados en el Registro Federal de Contribuyentes, RFC, tienen derecho a la asignación de dicha herramienta para recibir comunicados y notificaciones electrónicas, contando de esta manera con un medio más confiable y ágil para entablar comunicación con el SAT.

  1. El apartado se encuentra dentro de la página gob.mx, al dar clic y desglosar el área de “Trámites”. Una vez hecho esto, se deberá seleccionar la opción en cuestión, la cual aparecerá en la parte izquierda del menú.
  2. Para acceder se cuenta con dos opciones. La primera es ingresando el RFC y contraseña, presionando luego la opción “enviar”.
  3. La segunda es a través del FIEL (Firma Electrónica Avanzada). Para esto se deben ingresar los datos solicitados en pantalla, llenando los campos para el registro. Los datos solicitados incluyen el certificado (cer); la llave privada (key); la contraseña de clave privada y el RFC, el cual se llenará de forma automática. Luego se debe escoger la opción “enviar”.
  4. Si usted ingresa por primera vez, le aparecerá una pantalla para que registre al menos un correo electrónico donde recibir la información. Si desea validar más correos, dará clic en la opción “agregar correo”, o en su defecto -si no lo desea- dará clic en “continuar”. Después de ello se le solicitará que llene campos que validen su información, incluyendo la FIEL, certificado, clave privada y contraseña de esta. Una vez ingresados los datos, dará clic en “firmar” y esperará que a su correo llegue el mensaje para autentificar la dada de alta en el sistema. Una vez hecho esto, obtendrá el servicio.

A través del Buzón Tributario, la autoridad fiscal podrá notificarle cualquier tipo de aclaración respecto a su estado actual en lo referente a citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y resolución administrativa, donde usted tendrá la capacidad de mediar o generar una defensa a su situación mediante los estatutos que fungen a su favor.

Además, con el Buzón Tributario usted podrá: