1 de abril, 2024

La SUNAT emitió la Resolución No.000063-2024 con la que posterga la oportunidad desde la cual deben llevar sus registros, en el sistema integrado de registros electrónicos, los sujetos obligados a ello a partir del período de abril de 2024.

Con dicha Resolución se postergó, del período abril del 2024 al período agosto del 2024, la obligatoriedad de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

La resolución modifica las diversas N° 000112-2021/SUNAT, y N° 000040-2022/SUNAT,

La resolución fue publicada en el Diario Oficial el 27 de marzo de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Revísala aquí: Resolución de Superintendencia que posterga la oportunidad desde la cual deben llevar sus registros en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos los sujetos obligados a ello a partir del período abril de 2024

1 de abril, 2024

La SUNAT emitió la Resolución 32/2024, la cual tiene por finalidad permitir a las compañías de aviación comercial que tienen la calidad de emisores electrónicos de comprobantes de pago, modificar, a través de notas de crédito y notas de débito electrónicas a través del SEE – Del contribuyente y del SEE – OSE, los boletos de transporte aéreo que hubiesen emitido.

Dicha Resolución también comprende un Anexo que contiene los respectivos cambios por lo que hace a la Nota de Crédito y Nota de Débito Electrónica.

Dicha resolución entró en vigor el 2 de marzo del 2024.

Revísala aquí: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2024/000032-2024.pdf

Aprenderás todo lo que necesitas saber para optimizar tu logística con la Guía de Remisión Electrónica y cómo cumplir con la normativa. 

En el actual panorama tributario peruano, las empresas deben decidir si ven los cambios regulatorios como obstáculos o como oportunidades de crecimiento. Es de vital importancia adaptarse rápidamente a normativas como el SIRE, la cual ofrece registros automáticos que simplifican los procesos. ¡Únete a nosotros y descubre todo lo que hay que saber sobre este mandato!

Conoce aquí todo lo que debes saber para estar preparado a la normativa SIRE, las ventajas que ofrece a los contribuyentes, a quiénes está dirigido, cómo afecta su operatividad y la última resolución 204-2023/SUNAT, que posterga la obligación de utilizar el SIRE de octubre 2023 a enero 2024 para algunos contribuyentes.

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A medida que la tecnología avanza, los trámites y papeleos se van haciendo más eficientes. Hoy en día no es necesario ir presencialmente a realizar los trámites de documentos.

Actualmente, existen ya múltiples servicios que se pueden realizar de manera digital gracias a la tecnología de firma electrónica, lo que permite, además de reducir el uso del papel, también optimizar el tiempo de las personas y ahorrar costos.

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A nivel mundial las entidades vinculadas a la industria financiera deben invertir grandes esfuerzos para asegurar servicios de confianza, para lo cual es fundamental que puedan identificar, con certeza y respaldo legal, a quienes firmen contratos y acuerdos de manera no presencial. Esto, debido a que administran datos de alta criticidad y a que son sometidas a estrictas regulaciones para poder operar.

Esto también ocurre en Perú, donde para cumplir con estos requerimientos y salvaguardar la información propia y de sus clientes, dichas instituciones se ven obligadas a contar con mecanismos que les ayuden a proteger estos activos de fraudes y suplantaciones de identidad.

Agilizar la operación de la banca, AFPs, aseguradoras y otras entidades del rubro es uno de los objetivos centrales de Sovos en este ámbito. Para esto cuenta con una solución digital de gestión y firma de documentos, que además de facilitar el almacenamiento y administración, permite firmar documentos en línea verificando previamente la identidad de los firmantes por medio de distintos métodos, como biometría de huella dactilar, biometría facial, verificación por PIN, validación de un tercero y otros, utilizando distintos tipos de firma digital, dependiendo del respaldo legal requerido por cada tipo de documento, incluyendo firma electrónica simple, firma electrónica avanzada, firma cualificada -establecidas según el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM- y otras.

Sovos ofrece una solución que cumple con la exigencia de que los documentos digitales firmados de manera remota en el sector financiero cuenten con un doble factor de autenticación -a través de correo electrónico, SMS, biometría, PIN u otros métodos- antes de ser firmados electrónicamente, aspecto fundamental para la prevención y detección de fraudes.

Adicionalmente puede añadir un sellado de tiempo certificado que corrobora la fecha y hora en que los documentos fueron firmados o modificados, lo que facilita su trazabilidad y uso como medio probatorio en cualquier juicio o instancia legal.

Sovos, pionero en el mercado al habilitar al primer banco que utilizó la firma electrónica en el país, está integrado con Cavali, una institución público-privada encargada de administrar y registrar todos los títulos valor en el Perú, como acciones, bonos, pagarés, títulos valor y facturas negociables. Esta capacidad permite a los clientes de Sovos, desde la solución de gestión y firma de documentos digitales, firmar pagarés digitales y registrarlos en Cavali como una anotación en cuenta, adicionales a otros documentos contemplados en el contrato del servicio financiero otorgado.

Adicionalmente Sovos tiene una alianza con la Bolsa de Valores de Lima, que permite a muchas Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión y agentes de bolsa gestionar la transacción de acciones a través del gestor documental digital utilizando también los diferentes tipos de firmas disponibles en la plataforma, de acuerdo con el valor legal que requiera el documento. 

Aplicaciones en distintos rubros

Tan variadas como las entidades que componen la industria de servicios financieros son las aplicaciones que ofrece la solución de gestión y firma de documentos digitales de Sovos.

Sovos puede habilitar la firma electrónica de documentos digitales para la entrega de tarjeta de crédito y débito, contratación de servicios electrónicos, renovaciones, firma de contratos de seguros, upgrade de tarjetas, firma de contratos con clientes en la banca y la apertura de nuevas cuentas de manera remota. Además, simplifica la contratación de hipotecas, seguros, préstamos y líneas de crédito, todo en una sola plataforma y un servicio único.

Para entidades como las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs), la solución de Sovos permite digitalizar las órdenes de traspaso de una entidad a otra (OTI), y la firma electrónica de los mismos, eliminando los procesos en papel -y por ende el flujo de documentos vía valija, almacenamiento y recuperación- proporcionando acceso a un portal de custodia donde se almacenan los documentos, identificados con un número, firmados y con sellado de tiempo.

Las compañías de seguros utilizan la opción que ofrece el gestor documental de mostrar al cliente los documentos pendientes de firma para que este pueda revisarlos.  En el momento de la firma, el cliente ingresa la clave dinámica (OTP), la que es capturada por Sovos y enviada al envía a dicha institución para corroboración, tras lo cual continúa o detiene el proceso de firma. La biometría de huella dactilar o de reconocimiento facial también es requerida en estos procesos.

Agiliza tu operación, mejora la productividad y optimiza recursos manteniendo altos niveles de seguridad y protección de datos con una empresa líder en servicio de verificación de identidad y firma de documentos online.

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El ejecutivo toma el timón para superar desafíos y abrir nuevas oportunidades en la región, usando como brújula la experiencia de la compañía en facturación electrónica y digitalización de procesos empresariales.

José Antonio Vidal tiene más de 30 años de experiencia en ventas y marketing en empresas de renombre mundial. Durante tres años fue responsable de la operación de Perú y de la apertura de la oficina de Colombia de Paperless, empresa de origen chileno especializada en facturación electrónica, donde impulsó su posicionamiento como líder en el segmento de grandes empresas, hasta la adquisición de la compañía por parte de Sovos en 2017.

Vidal es además uno de los socios fundadores de la reconocida empresa The Sales Group School en el Perú, una escuela especializada en consultoría y capacitación en ventas donde, a la fecha, más de 5 mil alumnos -principalmente gerentes y ejecutivos de ventas- han enriquecido sus habilidades para desarrollar oportunidades de negocios.

Hoy, José Antonio Vidal vuelve a Sovos, donde emprende un nuevo desafío como Country Manager para Perú, Colombia y Ecuador, posición desde la cual será responsable de identificar e implementar oportunidades de mejora en la base instalada, fortalecer la presencia de marca y abrir nuevos acuerdos comerciales para las dos líneas de negocios centrales de la compañía en la región: facturación electrónica y soluciones para la digitalización de los procesos empresariales.

 

¿Cuáles son tus principales objetivos en el mediano plazo?

A partir de un análisis de la situación de cada cliente, elaborar estrategias que nos permitan superar nuestros puntos débiles y potenciar nuestras fortalezas para ofrecer un mejor servicio a quienes han confiado en nosotros, y generar oportunidades de negocio cross selling para introducir las nuevas soluciones de nuestro portafolio, que Sovos incorporó tras la adquisición de compañías como Acepta y TOC Biometrics, que aportan valor al facilitar a las compañías la transición hacia la digitalización de sus procesos empresariales. Adicionalmente, por supuesto, captar de manera importante nuevos clientes en la región.

¿Qué desafíos y oportunidades ves en los mercados bajo tu responsabilidad?

Diría que un desafío importante es posicionar nuestra marca donde aún no somos tan conocidos, mostrando quién es Sovos, el peso y respaldo que tiene como empresa multinacional con más de 40 años de existencia, la posición de liderazgo que tiene en otras regiones como Norteamérica y Europa y el valor que agrega nuestra amplia gama de soluciones a las más diversas industrias. Tenemos por delante una oportunidad inmensa y atractiva en términos de desarrollo de negocios en los tres países bajo mi liderazgo. Pienso que el mayor reto hoy es Colombia, porque Sovos está recién desarrollando una estrategia más agresiva de penetración. En Ecuador, donde el año pasado adquirimos Stupendo, empresa muy valorada por sus clientes por la calidad de servicio y soluciones robustas, debemos trabajar para continuar en el primer lugar y ampliar la oferta de servicios. En Perú fuimos pioneros en facturación electrónica y el primer y mayor operador OSE certificado, pero la competencia es muy fuerte y esto nos obliga a redoblar esfuerzos para mantener nuestro liderazgo y calidad. En todos los países tenemos el reto, además, de demostrar que, si bien somos una empresa global, tenemos y profundizaremos la experiencia y la calidad de servicio local para ayudar a nuestros clientes.

En síntesis, hay un mercado potencial muy grande para seguir creciendo en factura electrónica y también en el área de procesos digitales, en especial con nuestras soluciones de verificación de identidad biométrica y gestión y firma de documentos digitales.

¿Cómo observas el mercado en cuanto a las exigencias tributarias?

Latinoamérica es muy demandante debido a la rapidez con la que surgen nuevos mandatos para regular el cumplimiento fiscal y es un desafío para empresas como la nuestra. Una de las fortalezas de Sovos es su equipo mundial de expertos regulatorios, que monitorean constantemente los nuevos requerimientos de las entidades tributarias y los traspasan a nuestras áreas de Desarrollo y Producto para anticiparnos y facilitar a los clientes el estar al día con estas demandas.

¿Cuál es a tu juicio la fortaleza más destacable de Sovos?

La fortaleza más clara es que tenemos la experiencia y conocimiento global en un tema tan complejo y crítico como la gestión de impuestos y podemos proveer soluciones a nivel local en más de 70 países en el mundo, apalancándonos, justamente, en todo lo aprendido. Creo que esta es una ventaja que nos permite ofrecer a nuestros clientes multinacionales soluciones con el respaldo de calidad global y la certeza de que les ayudaremos a crecer, ser más eficientes y estar siempre en cumplimiento de los requerimientos tributarios en donde operen.

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Las empresas pueden actuar de forma proactiva para garantizar el cumplimiento tributario y las transacciones con terceros.

BOSTON – Agosto 24, 2022 – El proveedor global de software de impuestos Sovos anunció hoy la adquisición de TOC Biometrics, empresa con sede en Santiago de Chile, líder en soluciones de verificación de identidad y firma electrónica en Latinoamérica. TOC Biometrics diseña soluciones flexibles que se adaptan a las necesidades de los clientes, ayudando a acelerar el proceso de digitalización de las empresas. Esta adquisición robustece el portafolio de soluciones de Sovos para que los clientes puedan garantizar el cumplimiento de una gama cada vez mayor de requisitos legales y fiscales para lograr una identificación fidedigna de los usuarios, a medida que las economías continúan en sus procesos de digitalización.

TOC refuerza significativamente las capacidades actuales de Sovos en el campo de la biometría -a la fecha habiendo efectuado más de 200 millones de verificaciones de identidad y más de 50 millones de firmas electrónicas-, particularmente en las áreas de firma electrónica, donde los clientes pueden ahora firmar legalmente documentos de cualquier índole de forma digital con la confianza plena de que el usuario ha sido verificado. Las soluciones de TOC permiten verificar la identidad de manera exhaustiva a través de la medición de atributos físicos para corroborar que una persona es quien dice ser. Esto reduce en gran medida el riesgo de suplantación de identidad, generando así procesos más rápidos, seguros y eficientes.

“La mayoría de las empresas buscan adelantarse a las tendencias de digitalización y a los mínimos exigidos por los gobiernos para crear un estándar más alto de cumplimiento y seguridad legal para su organización. La adquisición de TOC Biometrics se suma al impresionante portafolio de soluciones de Sovos, lo que permite a nuestros clientes realizar transacciones en cualquier parte del mundo sabiendo que cumplirán la normativa y que tratarán con un usuario autorizado”, afirmó Álvaro González, director ejecutivo de Sovos Latinoamérica.

TOC Biometrics se ha establecido como una empresa innovadora en Latinoamérica, impulsando el cambio y desarrollando nuevas tecnologías y soluciones que facilitan y elevan el nivel de seguridad para las empresas que realizan negocios digitalmente en una serie de mercados que incluyen la banca, seguros y servicios financieros, entre muchos otros. Con su arquitectura flexible, las soluciones de TOC complementarán bien la cartera existente de Sovos, proporcionando las herramientas necesarias para operar incluso en las áreas más reguladas, al tiempo que ayudan a eliminar el fraude.

“Eliminamos las dudas sobre la validez de las transacciones realizadas por nuestros clientes utilizando tecnología biométrica para confirmar que un usuario en línea es, efectivamente, la persona autorizada que dice ser. Esto es fundamental para la legitimidad del comercio mundial. Junto con Sovos, podremos ampliar el uso de nuestra tecnología, que es la mejor de su clase, a una base de usuarios mucho más amplia en un área geográfica más extensa”, expresó Ricardo Navarro, fundador de TOC Biometrics.

Sovos es propiedad de Hg, el inversor de capital privado especializado en empresas de software y servicios con sede en Londres, y de TA Associates. No se han revelado los términos de la operación. Landmark Alantra actuó como asesor financiero de TOC Biometrics y Letelier Núñez Abogados prestó asesoramiento jurídico.

 

Acerca de Sovos

Sovos se construyó para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con ofertas completas y conectadas para la determinación de impuestos, los controles transaccionales continuos, los informes fiscales y más. Los clientes de Sovos incluyen a la mitad de las empresas del ranking Fortune 500, así como a empresas de todos los tamaños que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamental. Sovos tiene empleados en toda América y Europa, y es propiedad de Hg y TA Associates. Para más información, visite www.sovos.com/es y síganos en LinkedIn e Instagram.

 

Acerca de TOC Biometrics

TOC Biometrics proporciona software y hardware para una multitud de aplicaciones que requieren una verificación de identidad segura. Desde nuestros inicios, TOC ha tenido una importante presencia en industrias altamente reguladas debido al alto nivel de seguridad que otorga nuestro servicio de verificación de identidad sin enrolamiento. No almacenamos información de ningún tipo, solo realizamos la coincidencia biométrica entre la persona y la identidad del usuario en el archivo. La firma digital de documentos por parte de TOC ofrece importantes ventajas administrativas. Más información en www.tocbiometrics.com

Reducir los procesos presenciales de firma de documentos es fundamental para optimizar los recursos de las empresas. Más allá de ahorrar tiempo y dinero, la gestión digital de documentos es indispensable en la actualidad para concretar un sinnúmero de trámites administrativos que requieren ser resueltos con rapidez para asegurar la continuidad operativa de los negocios.

A través de las soluciones digitales de gestión documental, es posible crear, enviar y firmar documentos de manera remota en línea y con total validez legal. Mediante las firmas digitales que ofrece hoy el mercado, es posible validar la identidad de los firmantes, asegurando legitimidad al momento de gestionar diferentes documentos como contratos laborales o de proveedores y documentos tributarios electrónicos.

Las gestión digital de documentos permite a las empresas acceder a su repositorio desde cualquier lugar, para tener mayor control y registro de los distintos documentos emitidos, administrando en línea procesos que anteriormente solo podían hacerse de forma presencial y otorgando flexibilidad y certeza a su gestión operativa.Adicionalmente, estas soluciones se complementan con los certificados digitales, que permiten a empleados o representantes de una empresa, validar su identidad en los portales de facturación, con el fin de administrar los procesos financieros y tributarios de la compañía de manera segura.

Para satisfacer los requerimientos de las empresas y entidades gubernamentales en la región, Sovos cuenta con soluciones certificadas y validadas por distintas entidades de certificación que permiten firmar distintos tipos de documentos de manera digital, con la validez legal que se requiere, cumpliendo siempre con la normativa local.

PERÚ: Soluciones de gestión documental que se adaptan a las necesidades de cada negocio, con opciones de firmas digitales tales como el certificado digital, firma biométrica, firma con e-token, entre otras, validadas por una autoridad certificadora acreditada por INDECOPI.

CHILE: Soluciones de gestión documental digital y firmas digitales: Firma Electrónica Simple (certificado digital), Firma Electrónica Avanzada, estampa de tiempo y firma avanzada móvil, todas opciones que están acreditadas por el Ministerio de Economía.

Perú – 14 de julio, 2022

Tras la reciente publicación del proyecto, la autoridad tributaria peruana, SUNAT, publicó, el 12 de julio de 2022, la Resolución de Superintendencia 000123-2022, modificando oficialmente las normas relativas al documento de transporte electrónico del país, la Guía de Remisión Electrónica – GRE.

Según lo dispuesto en el proyecto, la resolución oficial exige la emisión obligatoria del documento de transporte electrónico por vía electrónica, dejando de permitir el uso de las facturas regulares con información adicional de transporte (factura guía) para tal fin. El GRE sólo podrá ser emitido a través del sistema de emisión de facturas del contribuyente (SEE del contribuyente) o del Portal de la SUNAT (SEE-SOL) y se deberá utilizar un código QR como documento principal de soporte (sustento de traslado) para las mercancías en tránsito.

De acuerdo con la resolución oficial, la obligación de emitir el GRE pasa a ser obligatoria el 1 de diciembre de 2022, dos meses después del plazo previsto en el proyecto de resolución.

Para más información sobre las nuevas reglas del documento de transporte electrónico peruano, haga clic aquí.

Perú – 7 de julio, 2022

El 1 de enero de cada año, los contribuyentes que operan en el Perú deben evaluar sus ingresos mensuales durante un período determinado por la ley para verificar si están comprendidos en la obligación de llevar libros electrónicos. Los contribuyentes que superen el umbral establecido o que deseen llevar voluntariamente sus libros contables en forma electrónica, pueden hacerlo a través del Programa de Libros Electrónicos (PLE), que abarca todos los libros electrónicos, o a través del Sistema de Libros Electrónicos Portal (SLE), exclusivamente para los registros de ventas y compras.

A principios de este año, sin embargo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) aprobó un nuevo sistema específico para el registro de compras y ventas, el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). A través de la nueva Resolución 40-2022/SUNAT, se introdujo el Registro de Compras Electrónico (RCE), un módulo similar al Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos (RVIE) creado en el 2021 y que ya es utilizado por los contribuyentes.

Ambos módulos, RVIE y RCE, componen el SIRE. Este nuevo sistema se desplegará gradualmente, a partir de octubre de 2022, obligando a los contribuyentes a migrar desde el PLE y el SLE para generar sus registros de ventas y compras exclusivamente a través del SIRE, manteniendo el PLE para otros libros de contabilidad.

Cómo funciona el SIRE

El propósito principal del SIRE es simplificar la generación de registros de ventas y compras para los contribuyentes. A través del SIRE se genera automáticamente una propuesta de RVIE y RCE, que está disponible a partir del segundo día calendario de cada mes. El contribuyente puede aceptarla, modificarla o sustituirla por la información que desee presentar a la SUNAT. En caso de no existir operaciones durante el período mensual, el contribuyente deberá igualmente enviar un archivo en blanco a la SUNAT.

En los sistemas actuales (PLE y SLE), la SUNAT no genera una propuesta; el contribuyente ingresa toda la información de ventas y compras y genera los registros. Con el SIRE, en cambio, la SUNAT utiliza la información de su Sistema de Emisión Electrónica (SEE) para crear una propuesta de RVIE y RCE, que el contribuyente presenta en cada período de declaración. El registro se actualiza diariamente con la información recibida el día anterior.

El RCE presenta ciertas peculiaridades respecto al RVIE, ya en uso. El RCE requiere la generación de dos archivos separados, los registros de compras nacionales y transfronterizas. Aun cuando no se realicen operaciones transfronterizas, se debe someter un RCE en blanco a la SUNAT. Adicionalmente, los contribuyentes pueden excluir facturas de compra específicas e incluirlas en el RCE en cualquier momento durante 12 meses desde la fecha de emisión de la factura.

Después de la revisión del contribuyente, el RVIE y el RCE se presentan conjuntamente, y una Constancia de Recepción con información relevante es enviada al buzón electrónico del generador.

Se puede acceder al SIRE a través del portal de la SUNAT, utilizando la aplicación SIRE instalada en el computador del contribuyente o a través del servicio web API de la SUNAT.

¿Qué cambia para los contribuyentes?

Una vez que los contribuyentes estén obligados a mantener los registros de compras y ventas exclusivamente a través del SIRE, deberán dejar de llevar dichos registros en el PLE, SLE o libros de contabilidad en papel. Sin embargo, dado que el SIRE cubre exclusivamente el RVIE y el RCE, los contribuyentes deberán seguir manteniendo el PLE, que contiene todos los demás libros de contabilidad.

Esto significa que los contribuyentes deben conocer el conjunto de normas distintas que se aplican al PLE y al SIRE. Un ejemplo: el SIRE permite modificar un registro ya “cerrado” de un periodo anterior sin esperar al siguiente periodo, como ocurre con el PLE y el SLE. En el SIRE, los ajustes se pueden realizar en cualquier momento utilizando los diferentes anexos proporcionados por la SUNAT, sin limitaciones en cuanto al año en que se generó el registro.

Otro cambio significativo es que los contribuyentes ya no tendrán que almacenar, archivar y conservar los registros electrónicos, ya que la SUNAT lo hará por ellos.

Implementación gradual del SIRE

La implementación del SIRE se hará de forma gradual, según el siguiente calendario:

Los contribuyentes también pueden empezar a utilizar el SIRE de manera voluntaria si están obligados a llevar los registros de Compras y Ventas y están inscritos en el portal de operaciones de la SUNAT (clave SOL), según el siguiente calendario:

¿Qué sigue para el SIRE?

La Resolución 40-2022/SUNAT entra en vigor el 1 de octubre de 2022. Sin embargo, debido a que la mayoría de las empresas en el Perú ya están obligadas a llevar registros de Compras y Ventas, los grupos más grandes de contribuyentes deben estar listos para cumplir con el nuevo mandato a partir del 1 de enero de 2023.

Hable con nuestro equipo

Si tiene alguna pregunta sobre los últimos requisitos fiscales en Perú. Sovos tiene más de una década de experiencia manteniendo a sus clientes al día con los mandatos de facturación electrónica en todo el mundo.

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Perú – 5 de julio, 2022

El 30 de junio de 2022, la Superintendencia de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) publicó la Resolución de Superintendencia n. 117-2022, que posterga nuevamente el plazo de 3 días para la transmisión a la SUNAT y al OSE (Operador de Servicios Electrónicos) de las facturas electrónicas y sus correspondientes notas electrónicas, hasta el 1 de enero de 2023.

La norma anterior, establecida por la Resolución de Superintendencia 201-2021/SUNAT, determinaba que el plazo de 1 día entraría en vigor el 1 de julio de 2022. La nueva Resolución, sin embargo, instituye los siguientes plazos para la transmisión de la factura electrónica y sus notas relacionadas:

Adicionalmente, la Resolución n. 117-2022 modifica el calendario de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales recaudadas por la SUNAT, que se encuentra en el Anexo 1, y la fecha máxima de atraso respecto de los Registros de Compras y Ventas, generados a través del Programa de Libros Electrónicos y los Sistemas de Libros Electrónicos (PLE y SLE-Portal) u otro sistema aprobado por la SUNAT, ampliando dichas fechas, de acuerdo con el nuevo calendario que se encuentra en el Anexo II.

Perú – 29 de junio, 2022

Un nuevo Decreto de Urgencia (Decreto de Urgencia n. 016-2022) promulgado por el gobierno peruano, amplía hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo de cuatro (4) días para la transmisión de facturas y recibos electrónicos emitidos por profesionales, tal y como establece el artículo 2 del Decreto de Urgencia n. 050-2021.

De acuerdo con esta última disposición, excepcionalmente, las facturas y recibos por honorarios electrónicos emitidos por profesionales deberán ser puestos a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y transmitidos a la SUNAT en un plazo máximo de cuatro (4) días calendario, contados a partir de la fecha de emisión.

Esto significa que recién a partir del 1 de enero de 2023, el plazo de transmisión a la SUNAT de las facturas electrónicas y recibos electrónicos emitidos por los profesionales se reducirá de cuatro (4) días a un (1) día, contado a partir del día siguiente a la fecha de emisión.

Perú – 14 de junio, 2022

La facturación electrónica fue introducida en Perú en 2010, siguiendo la tendencia de los controles transaccionales continuos (CTC) en los países latinoamericanos, que aspiran a lograr una recaudación más eficiente de los impuestos al consumo. Desde entonces, el gobierno ha desplegado medidas para englobar a un número significativo de contribuyentes en el régimen obligatorio de facturación electrónica del país y avanzar en nuevas estructuras técnicas e institucionales dentro de su Sistema de Emisión Electrónica (SEE).

En junio de 2022 finalizó el plazo para incluir al último grupo de contribuyentes en el mandato de facturación electrónica del país. Sin embargo, el gobierno sigue ampliando su sistema, con la última actualización propuesta por un proyecto de resolución que introduce importantes cambios en el documento de transporte electrónico peruano, la Guía de Remisión Electrónica – GRE.

Cambios en el documento electrónico de transporte

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicó el 2 de junio de 2022 un proyecto de resolución que introduce cambios en la GRE, el documento electrónico de transporte que debe ser emitido en relación con las facturas (comprobantes de pagos) para el control de las mercancías transportadas. La GRE solo es vital mientras la mercancía está en tránsito, pero es un documento que comúnmente llevan las empresas para mantener el control interno de las mercancías transportadas.

El nuevo proyecto de resolución pretende regular aún más la emisión del documento de transporte electrónico introduciendo varios cambios, principalmente para optimizar el control de las mercancías y eliminar el uso del papel.

Entre los numerosos cambios que introduce el proyecto, los principales son:

Qué significa esto para los contribuyentes

Los contribuyentes deben estar preparados para emitir las GRE remitente y transportista exclusivamente a través de sus propios sistemas utilizando un proveedor de software (PSE – proveedores de servicios electrónicos) o el portal de la Sunat. Esta exigencia puede representar un gran impacto para los contribuyentes que regularmente emiten un gran volumen de GREs a través del canal del operador de servicios electrónicos, el SEE-OSE (Operador de Servicios Electrónicos).

El cambio más impactante, sin embargo, es que los contribuyentes solo podrán utilizar la GRE como documento de soporte al transporte de mercancías. Bajo la legislación actual, además de la GRE, la factura guía y la liquidación de compras -facturas ordinarias con información adicional sobre el transporte- pueden ser utilizadas también para justificar el transporte de mercancías. La emisión de la factura guía es una práctica habitual, ya que supone la generación de un único documento que sirve tanto para la transacción de venta, como para el transporte. Sin embargo, el proyecto de resolución solo permite el uso de la GRE para este fin.

La introducción del código QR es la apuesta del gobierno por un método de control moderno y eficiente. El código bidimensional es generado por la Sunat una vez que el CDR (constancia de recepción) adquiere el carácter de aceptado y puede ser presentado en formato digital o impreso.

Si bien los contribuyentes podrán seguir soportando el transporte mediante la entrega de su número de registro (RUC), la serie y el número de la GRE, se espera que el código QR se convierta en el principal método para sustentar el tránsito, y el RUC solo se utilice como método de contingencia.

También se ha introducido un nuevo tipo de documento de remisión electrónica. La guía de remisión por evento solo puede ser emitida a través del portal de la Sunat y se utiliza para complementar una GRE previamente emitida en el caso de eventos imprevisibles no imputables al emisor. En estos casos, la regulación actual avala la transferencia con el mismo documento. El proyecto de resolución, sin embargo, exige que la GRE por evento se emita antes de reiniciar el transporte de mercancías.

Otro cambio que los contribuyentes deben tener en cuenta, ya que puede dar lugar a escenarios complejos, es la creación de un nuevo catálogo de unidades de medida aplicable únicamente a las GRE, que se encuentra en el Anexo III. Los catálogos de unidades de medida ya existentes para el resto de los comprobantes de pago no se aplicarán a las GRE, lo que seguramente provocará una falta de uniformidad, ya que un mismo concepto utilizaría dos catálogos diferentes.

Fechas de implementación

El proyecto de resolución fija el 13 de julio de 2022 como fecha de entrada en vigor, momento en el que los contribuyentes que ya se encuentren en el ámbito de aplicación de la GRE podrán empezar a emitir por los canales adecuados y comenzar a utilizar voluntariamente el código QR como soporte del transporte.

No obstante, hasta el 30 de septiembre de 2022, los contribuyentes podrán emitir excepcionalmente GREs remitentes a través de SEE-OSE, considerando las condiciones y requisitos existentes antes de la publicación de la resolución. El proyecto también establece una lista de determinados contribuyentes (emisores y transportistas) que pasarán a estar obligados a emitir la GRE, y las fechas correspondientes, en el Anexo X, según los tipos de contribuyentes y las mercancías transportadas, a partir del 1 de enero de 2023.

¿Qué es lo que sigue?

Al tratarse de un proyecto de resolución, los cambios solo serán definitivos con la publicación oficial de la versión final de la resolución. Sin embargo, al acercarse el 13 de julio de 2022, se espera que la resolución se publique en las próximas semanas. Por lo tanto, los contribuyentes que ya tienen la obligación de emitir las GRE deben estar listos para cumplir con los nuevos mandatos dentro de un mes.

Perú – 7 de junio, 2022

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha publicado un proyecto de resolución que introduce cambios en las guías de remisión electrónica (GRE), el documento de transporte electrónico que debe emitirse en relación con las facturas (comprobantes de pagos). El objetivo de este proyecto de resolución es regular aún más la emisión del documento de transporte electrónico introduciendo varios cambios, principalmente para optimizar el control de las mercancías en transporte y eliminar el uso del papel para este fin.

Los cambios principales son:

El proyecto de resolución fija el 13 de julio de 2022 como fecha de entrada en vigor en la que los contribuyentes podrán empezar a utilizar voluntariamente el código QR como soporte del transporte. Excepcionalmente, hasta el 30 de septiembre de 2022, los contribuyentes podrán emitir GREs remitentes a través de la SEE-OSE, teniendo en cuenta las condiciones y requisitos existentes antes de la publicación de la resolución. El borrador también establece un listado de quienes pasarán a estar obligados a emitir el GRE y las fechas correspondientes, en el Anexo X, según los tipos de contribuyentes y las mercancías transportadas.

Adicionalmente, la SUNAT está aceptando comentarios al proyecto de resolución, los cuales pueden ser enviados hasta el 16 de junio de 2022, vía correo electrónico a la siguiente dirección: RPATRICI@sunat.gob.pe.

Perú – 1 de junio, 2022

Según la legislación peruana (Resolución de Superintendencia n. 128-2021/Sunat), el 1 de junio de 2022 es la fecha límite para la inclusión del último grupo de contribuyentes en el sistema de facturación electrónica del país (Sistema de Emisión Electrónica).

El 1 de abril de 2022, la facturación electrónica B2B pasó a ser obligatoria para los pequeños contribuyentes con ingresos anuales inferiores a 23 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), hasta el 31 de diciembre de 2019. Para este mismo grupo, el 1 de junio de 2022 es la fecha límite para la obligatoriedad de la factura electrónica B2C.

Perú – 28 de abril, 2022

La administración tributaria peruana ha publicado una nueva Resolución n. 00040-2022/SUNAT destinada a ampliar el proceso de cambio del Sistema de Libros Electrónicos establecido en el país. Este nuevo módulo está estrechamente relacionado con los cambios introducidos en agosto de 2021, mediante la Resolución n. 000112-2021/SUNAT, cuando se introdujo por primera vez un módulo similar para reportar las ventas (Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos – RVIE) realizadas por los contribuyentes.

La Resolución aprobó que el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) incluya un nuevo módulo denominado Registro de Compras Electrónicas (RCE), que permitirá a los contribuyentes generar automáticamente la propuesta RCE, utilizando la información del Sistema de Emisión Electrónica (SEE). Los contribuyentes podrán confirmar o modificar la propuesta de registro que se genere automáticamente y presentarla como declaración mensual de impuestos, al igual que con el RVIE. El RCE y el RVIE deberán, pues, generarse conjuntamente.

La implementación se iniciará en octubre de 2022 y se desarrollará por fases para diferentes grupos de contribuyentes.