Argentina – 29 de junio, 2021

La Administración Tributaria Federal (AFIP), y los Ministerios de Agricultura y Transporte de Argentina, emitieron la resolución conjunta 5017/2021, que ordena el uso de un conocimiento de embarque digital (Carta Porte) que se emitirá para el traslado de productos agrícolas en las vías públicas de dicho país. Este mandato busca rastrear el flujo comercial de granos en el territorio argentino y unificar en un solo documento varios permisos y documentos requeridos por los ministerios de Transporte, Agricultura y la AFIP que afecten a los mismos movimientos de productos, y se aplicará al transporte de cereales por camión y ferrocarril. Ciertos cereales destinados a la siembra están exentos del mandato, así como traslados específicos para la exportación.

Los cambios relacionados con este mandato estarán disponibles en el entorno de pruebas el 1 de septiembre de 2021 y serán obligatorios a partir del 1 de noviembre de 2021. El proceso de autorización se gestionará a través del WebService proporcionado por la AFIP o mediante el ingreso manual en la página habilitada. para ese propósito. Una vez que la AFIP procese la solicitud, emitirá el ‘Código Electrónico de Trazabilidad de Granos’, para cada ‘Carta Porte’ autorizada. La carta porte con el código de autorización correspondiente debe estar presente en cada traslado y debe ser autorizada antes de iniciar el transporte de los granos.

Argentina – 10 de junio, 2021

A partir del 1 de julio de 2021, cuando los contribuyentes registrados a efectos del IVA realicen ventas de bienes o servicios a otros contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes de Argentina (conocidos como monotributistas) deberán emitir una factura tipo A e incluir una nota indicando que “el crédito fiscal que se detalla en este recibo solo se puede calcular a los efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley 27.618”. En Argentina, las facturas tipo A generan crédito de IVA, pero hasta ahora los monotributistas no pueden deducir el IVA y por lo tanto solo podían recibir facturas tipo B, que no permiten el crédito de IVA.

Para integrar esos cambios al sistema de facturación electrónica del país, la administración tributaria del país (AFIP) ha lanzado varios cambios a la documentación técnica para los siguientes WebServices: 1) MTXCA Servicio de factura electrónica (RG 2.904), ahora cuenta una nueva versión 0.16; 2) wsfev1 – R.G. N ° 4.291 ahora tiene nueva versión 2.21; 3) wsbfev1- factura electrónica de bonos fiscales (RG N ° 2.557 y RG N ° 2.861) ahora cuenta con la versión 2.7.

La AFIP también ha indicado que para facilitar la prueba e integración de esos cambios, ha habilitado una instancia de prueba externa (homologación) para que la utilicen los desarrolladores.

Argentina – 28 de abril, 2021

La administración tributaria argentina (AFIP) informó sobre una nueva herramienta disponible para los contribuyentes denominada Libro de Sueldos Digital. Según la AFIP, esta nueva herramienta electrónica permitirá a los empresarios cumplir con diferentes obligaciones en un solo trámite; generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual de obligaciones previsionales (F.931)

El nuevo sistema ‘Libro_Sueldos_Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación patrimonial del contribuyente para utilizarlo como portador de los datos de ingreso junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral “y’ Sistema Registral” (Registro Sistema) ‘, y a partir de ahí elabora el Libro de Sueldos y Jornales, exigido según el art. 52 de la Ley N ° 20.744 y la declaración jurada mensual (F.931). La AFIP ha informado que el despliegue del nuevo sistema se hará por etapas entre los empleadores, que serán notificados de la obligación de cumplimiento a través de su dirección electrónica fiscal (domicilio fiscal electrónico) entre abril y junio de 2021.

Argentina – 3 de febrero, 2021

La administración tributaria (AFIP) ha emitido una nueva Resolución -4925/2021- que modifica la Resolución General N° 4.597 que estableció el sistema para el registro electrónico de operaciones de compraventa, traspasos, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, arrendamientos y beneficios, también conocido como ‘Libro de IVA Digital’. El propósito de esta modificación es especificar que las entidades públicas que forman parte del gobierno federal, provincial o municipal no están obligadas a reportar sus transacciones en el Libro de IVA Digital, excepto cuando estén registradas como responsables del IVA en la AFIP. La resolución también modificó el plazo de inscripción en la AFIP para las entidades exentas de IVA. La fecha límite será mayo de 2021.

Argentina – 30 de enero, 2021

La administración tributaria argentina (AFIP) publicó el 28 de enero la nueva resolución 4919/2021, a través de la cual modifica el régimen legal de la factura de crédito electrónica para habilitar el nuevo Sistema de Circulación Abierta (SCA) de la factura de crédito electrónica. Esta última permite a las pequeñas y medianas empresas negociar las facturas de crédito que emiten con los grandes contribuyentes para acelerar su flujo de caja. De acuerdo con la normativa vigente, una vez que se emite una factura de crédito electrónica, el emisor tiene dos opciones para negociarla una vez que quede explícita o tácitamente no impugnada. La primera es a través de un Agente de Depósito Colectivo (este es un concesionario de la bolsa de valores); la segunda es a través del SCA ahora habilitado. El Sistema de Circulación Abierta permite el comercio simplificado de la factura de crédito electrónica fuera del mercado de valores a través de entidades financieras autorizadas (sistema bancario). Junto con estos cambios normativos, la AFIP también lanzó los manuales con las especificaciones técnicas de la SCA.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/240195/20210129

Argentina – 30 de enero, 2021

Con el fin de implementar lo dispuesto en la nueva resolución 4919/2021 en lo que respecta al Sistema de Circulación Abierta de las facturas de crédito electrónicas, la administración tributaria argentina (AFIP) dio a conocer nuevas versiones de los documentos técnicos que soportan las facturas electrónicas en el país. La versión 2.20 del Manual del Desarrollador de factura electrónica (RG 4291) fue lanzada el 29 de enero de 2021. Para las facturas emitidas bajo las modalidades Código de Autorización Electrónica (CAE) y Código Avanzado de Autorización Electrónica (CAEA), los métodos públicos han sido adaptados para incorporar códigos opcionales aplicables únicamente a las facturas de crédito electrónicas donde el emisor podrá identificar transferencias mediante el Sistema de Circulación Abierta o Agentes de Depósito Colectivo.

Argentina – 30 de enero, 2021

Con base en los cambios desencadenados por la nueva resolución 4919/2021 en relación con el Sistema de Circulación Abierta de las facturas de crédito electrónicas, la administración tributaria argentina (AFIP) liberó la versión 2.6 del Manual del Desarrollador para la emisión de bonos fiscales electrónicos (RG 2557 y 2861). En esta actualización se han adaptado los métodos públicos para incorporar códigos opcionales aplicables solo en el caso de facturas de crédito electrónicas y para identificar transferencias mediante el Sistema de Circulación Abierta o los Agentes de Depósito Colectivo. Estos cambios entran en vigencia el 1 de abril de 2021.

Argentina – 30 de enero, 2021

Con base en los cambios desencadenados por la nueva resolución 4919/2021 en relación con el Sistema de Circulación Abierta de las facturas de crédito electrónicas, la administración tributaria argentina (AFIP) lanzó una nueva versión 0.14 del Manual del Desarrollador para el Web Service de factura electrónica WTXCA. Este cambio tiene como objetivo incorporar códigos opcionales, aplicables solo en el caso de facturas de crédito electrónicas y para identificar transferencias que utilicen el Sistema de Circulación Abierta o los Agentes de Depósito Colectivo. En consecuencia, se agrega la obligación de reportar datos adicionales en el esquema de factura de crédito electrónica MiPyMe. Esto afectará a los comprobantes tipo 201 y 206. Por tanto, para las validaciones de los métodos para autorizar una factura con CAE, se agregaron los códigos 334 al 336. Por otro lado, para las validaciones de los métodos para reportar una factura con CAEA, se agregaron los códigos 932 al 934. Estos cambios entran en vigencia el 1 de abril de 2021.

Argentina – 31 de diciembre, 2020

La administración tributaria argentina (AFIP) ha emitido la nueva Resolución 4892/2020, que obliga a incorporar el código QR a la factura electrónica. De acuerdo con la resolución mencionada, la incorporación del código QR a la factura electrónica se hace efectiva de manera inmediata, excepto para aquellos que intercambien información basada en WebService. Estos deberán cumplir en los siguientes plazos: contribuyentes con transacciones anuales (sujetas o no a IVA) de 10.000.000 de pesos (aprox. 119.000 dólares estadounidenses) o más, deberán cumplir antes del 1 de marzo de 2021. Aquellos con transacciones arriba de los 2.000.000 de pesos (aprox. 24.000 dólares estadounidenses) pero por debajo de los 10.000.000 de pesos, deberán cumplir antes del 1 de abril de 2021. Los contribuyentes con transacciones superiores a 500.000 pesos (aprox. 6.000 dólares estadounidenses), pero inferiores a los 2.000.000 de pesos, deberán cumplir el 1 de mayo de 2021. Finalmente, todos los demás contribuyentes sujetos a IVA y los pequeños contribuyentes deberán cumplir antes del 1 de junio de 2021.

https://www.afip.gob.ar/noticias/20201228-comprobantes-electronicos.asp

Argentina – 31 de agosto, 2020

La administración tributaria argentina aprobó una nueva resolución, N° 4671/2020 que pospone algunas de las fechas de vigencia de la implementación del Libro de IVA Digital. De acuerdo con la resolución, el nuevo calendario de implementación será el siguiente: para contribuyentes con ingresos brutos durante el año fiscal anterior de entre $2.000.000 y $5.000.000, el cumplimiento comenzará en el período de septiembre de 2020. Para aquellos con ingresos de entre $5.000.000 y $10.000.000, el cumplimiento se requerirá en el período de octubre de 2020. Finalmente, para aquellos con ingresos superiores a $10.000.000, se les requerirá que comiencen a cumplir con el período de noviembre de 2020. Los umbrales de estos montos están en pesos argentinos.

Argentina – 20 de julio, 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina (AFIP) recordó a los contribuyentes los plazos para la implementación del libro de IVA digital, tal como indica la Resolución General N° 4597/2019, que establece distintos plazos para dicho efecto.

La resolución mencionada estableció un cronograma de cumplimiento que comenzó en junio de 2020, para los contribuyentes con ingresos reportados por debajo de 500 mil pesos argentinos durante 2018 (8.5 mil dólares o menos).

Para contribuyentes con ingresos superiores a 500 mil e inferiores a 2 millones de pesos argentinos, la obligación comenzó a regir el 1 de julio de 2020 y a partir del 1 de agosto de 2020, deben sumarse los contribuyentes que realizaron ventas por 2 millones de pesos o más durante 2018. Para otros contribuyentes registrados a efectos del IVA, la obligación de implementar el libro del IVA comenzará en septiembre de 2020. Finalmente, los contribuyentes que se consideran exentos para propósitos de IVA deberán cumplir con este mandato en octubre de 2020. El libro de IVA se requiere para que los contribuyentes registren sus ventas, compras, cesiones, exportaciones e importaciones de bienes y servicios.

https://www.afip.gob.ar/libro-iva-digital/conceptos-basicos/vigencia.asp

Adicionalmente, en misma fecha, la AFIP actualizó el monto mínimo requerido para emitir una factura de crédito electrónica a través de una nueva resolución que establece los montos máximos de ingresos anuales que una empresa puede tener para calificar como micro, pequeña o mediana empresa a efectos fiscales. Como resultado de esa disposición contenida en el anexo de la Resolución 69/2020, el monto mínimo requerido para emitir una factura de crédito electrónica se incrementó de 100 mil a 146.885 pesos argentinos.

Debido al mandato de facturación electrónica que está siendo implementado actualmente en Argentina, las pequeñas y medianas empresas (pymes) deben o próximamente tendrán que usar un documento específico a la hora de facturar a grandes compañías.

Las empresas clasificadas como pymes (o MiPyMEs) por la autoridad fiscal argentina, AFIP, están obligadas a usar las Facturas de Crédito Electrónicas (FCE), un nuevo tipo de factura electrónica que les ofrece la opción de agilizar su liquidez al vender sus facturas de crédito a instituciones financieras.

El nuevo mandato de facturación electrónica está siendo implementado ahora en Argentina

El mandato comenzó a ser implementado por la industria el 1 de mayo y finalizará el proceso el 1 de octubre. Así como el nuevo tipo de factura es obligatorio para las transacciones entre pymes y grandes compañías, su uso es opcional cuando se trata de negocios entre las micro, pequeñas o medianas empresas. Este tipo de factura permite que las organizaciones más pequeñas elijan entre esperar al cobro por parte de la empresa grande o transferir la factura a una cuenta comitente registrada en la caja de valores para su descuento y cobro por adelantado.

Las grandes empresas que reciben este nuevo tipo de factura tienen 30 días para aceptarla o rechazarla, o pueden escoger que se acepte por defecto. La transmisión de la factura se produce completamente a través de AFIP, quien regula y controla el proceso de facturación e informa a los participantes del estado de cada factura.

Las pymes pueden emitir sus facturas manualmente a través del sitio web de AFIP o pueden aprovechar soluciones como la de Sovos para automatizar el proceso usando el Web Service publicado por AFIP.

Un cambio que busca impulsar las opciones financieras para las pymes

El mandato está provocando que tanto las pequeñas como grandes empresas reaccionen al garantizar que sus sistemas y procesos cumplan con la normativa. Las compañías más pequeñas deben ser capaces de generar una FCE al hacer negocios con una empresa grande y las grandes organizaciones necesitan una solución que les permitirá cumplir con el mandato y recibir, aceptar o rechazar las facturas FCE que reciben de socios comerciales más pequeños.

Esta es una enorme oportunidad para que las pymes mejoren su financiamiento. Al usar las FCE, serán capaces de reducir el tiempo promedio que les toma cobrar una factura, lo cual podría resultar crítico para sus operaciones y solvencia.