Cambios en las Regulaciones de Recibos Electrónicos en Costa Rica: Lo Que Necesita Saber

Andrés Landerretche
March 26, 2025

Importantes cambios en la normativa de recibos electrónicos de Costa Rica han sido introducidos por la autoridad tributaria a través del nuevo mandato 44739-H.

Esta nueva normativa, publicada el pasado 8 de noviembre, tiene como objetivo modernizar los procesos y garantizar la precisión en las transacciones electrónicas en todo el país al introducir cambios significativos en la gestión de los comprobantes electrónicos con fines fiscales. 

Principales cambios en la normativa de recibos electrónicos

  1. Creación de un recibo adicional (Recibo de Pago Electrónico): Se introduce un comprobante de pago electrónico adicional, que admitirá pagos parciales, brindando mayor claridad y trazabilidad en las transacciones.
  2. Aceptación tácita de recibos electrónicos: Si el emisor o destinatario del comprobante electrónico no lo confirma en el plazo establecido por la autoridad fiscal, se presumirá que éste ha sido aceptado en su totalidad. Esto implica que el recibo tendrá la consideración de parte de las operaciones u operaciones que afecten a las declaraciones de autoliquidación.
  3. Procedimiento para rechazar recibos electrónicos: En caso de rechazo total o parcial del recibo, el destinatario deberá devolverlo al emisor, quien deberá emitir una nota de crédito para modificar o cancelar los efectos contables del recibo electrónico ya sea total o parcialmente. La nota de crédito debe hacer referencia explícita al recibo que se está ajustando.
  4. Medidas para la inclusión de las comunidades indígenas: La norma establece acciones específicas para asegurar el acceso y uso de los comprobantes electrónicos dentro de las comunidades indígenas, garantizando su integración al sistema tributario digital.

Provisiones técnicas y nuevas versiones

La Resolución MH-DGT-RES-0027-2024 delinea las disposiciones técnicas para los comprobantes electrónicos y detalla las fechas de implementación de la versión 4.4 y sus anexos.

  1. Implementación de la versión 4.4: Inicialmente programada para entrar en vigencia el 1 de junio de 2025, la implementación de la versión 4.4 de recibos electrónicos se ha pospuesto para el 1 de septiembre de 2025. A partir de esta fecha, la versión 4.3 quedará derogada y solo podrá utilizarse para generar notas de crédito y débito relacionadas con recibos emitidos bajo esa versión.
  2. Adopción temprana de la versión 4.4: Los contribuyentes que cuenten con las novedades necesarias para implementar la versión 4.4 de "Anexos y Estructuras" podrán comenzar a utilizarla de manera anticipada, a partir del 1 de abril de 2025.
  3. Campos obligatorios para medicamentos: Hasta la implementación de la versión 4.4, los contribuyentes que vendan medicamentos de consumo humano que requieran registro sanitario deberán implementar los campos "Registro de medicamento" y "Forma farmacéutica" en la versión 4.3 de los Anexos y Estructuras. Este requisito entró en vigor el 1 de enero de 2025.
  4. Suspensión del uso del código QR: Se suspende el uso obligatorio del código de Respuesta Rápida (QR) en la representación gráfica de los comprobantes electrónicos hasta que la autoridad fiscal anuncie lo contrario a través de comunicación oficial.
  5. Nuevos métodos de pago: Los nuevos métodos de pago reconocidos incluyen SIMPE móvil, efectivo y tarjeta.
  6. Actividad económica del beneficiario: Las facturas deben incluir la actividad económica del destinatario.
  7. Nuevos tipos de identificación: Las opciones de identificación ahora incluyen "Extranjeros no residentes" y "No contribuyentes".
  8. Ampliación de las Condiciones de Venta: Se introducen nuevas clasificaciones dentro del IVA y opciones de pago como cuotas y pagos aplazados.
  9. Resumen XML: Ajustes para una mayor claridad y detalle.
  10. Integración con la Administración Tributaria Digital (Hacienda Digital): Alineamiento con el proyecto de modernización tributaria.
  11. Nuevas clasificaciones del IVA: Exenciones para Zonas Francas, regalías, bonos, arrendamiento operativo y financiero, depósitos de garantía, multas, sanciones e intereses de demora.

La nueva regulación de recibos electrónicos introduce cambios significativos en la emisión, validación y gestión de estos documentos, enfocándose en la modernización e inclusión digital.

Es fundamental que los contribuyentes se preparen para la adopción de la versión 4.4 y cumplan con las nuevas disposiciones técnicas dentro de los plazos establecidos para asegurar el cumplimiento de la normativa tributaria vigente.

Aquí hay más información sobre las regulaciones de Costa Rica. Y para obtener información sobre las regulaciones de otros países de América Latina, consulte nuestra página de reglas fiscales .

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Autor

Andrés Landerretche

Andrés es el Director de Análisis y Diseño Regulatorio en América Latina. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Chile y tiene un LLM en Derecho Internacional por el Kings College de Londres. Andrés tiene más de 20 años de experiencia internacional trabajando en el servicio diplomático chileno, con destinos en Sudáfrica y en las Naciones Unidas en Nueva York. Tiene una importante experiencia en asuntos corporativos, cumplimiento, comunicaciones y relaciones comunitarias en Chile, Brasil, Colombia, Perú, Sudáfrica y Australia.
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