El 75% de los países latinoamericanos utilizan la factura electrónica, ya sea de manera obligatoria o voluntariamente. En Colombia, con la incorporación de la obligatoriedad de la facturación electrónica, en 2018, inició la primera fase del proceso de masificación de este sistema. Aun así, la mayoría de las empresas colombianas no cumplen con los requerimientos de la DIAN y están rezagadas, lo que genera millonarias multas y posibles ceses de operaciones. Esto puede deberse a distintos factores como:

1. Se está solicitando la información incorrecta en los POS
2. No se está actuando con el suficiente tiempo de antelación
3. La tecnología no es la suficiente para el nivel de operación
4. No cuentan con el soporte correspondiente y necesario
5. Entre otras muchas

Inscríbase a este webinar junto a nuestros expertos, donde podrán ver cómo Sovos, con sus más de 100 expertos regulatorios, soporte para más de 19.000 jurisdicciones fiscales y su tecnología en la nube premiada de clase mundial, puede apoyarlos haciendo al mismo tiempo más eficiente y seguros sus procesos.

Llegó el 2023 y se iniciará la implementación del documento equivalente electrónico para tiquetes de máquinas registradoras con sistemas P.O.S.

Las nuevas normativas implicarán un importante cambio sistémico para emitir un gran número de documentos electrónicos (documentos equivalentes y facturas) que requerirán validación inmediata con la DIAN.

Ante este escenario, ¿están sus sistemas preparados para cumplir estas exigencias?

Asista a nuestro webinar el próximo 24 de enero a las 8:30 hrs. (Colombia)  y descubra cómo elegir el proveedor de facturación electrónica que le permita preparar sus sistemas para cumplir con las nuevas normativas y generar documentos equivalentes y facturas sin inconvenientes.

Infografía – ¿Qué quiere decir la Resolución 1092 de la DIAN?

¿Conoces los cambios normativos que está impulsando la DIAN y cómo afectan a los documentos equivalentes P.O.S.?

La DIAN está ampliando el control sobre las ventas para cerrar las brechas en la recaudación del IVA e impulsar la modernización del sistema tributario colombiano. En esta línea, está emitiendo diversos mandatos de gran relevancia, como la Resolución 1092 y el proyecto de resolución del 19 de agosto de 2022, que exigirá que todas las emisiones de documentos equivalentes, empezando por el documento equivalente P.O.S., se envíen electrónicamente a la DIAN.

Estos cambios tienen un fuerte impacto sobre las empresas, especialmente en aquellas relacionadas con áreas como el retail, supermercados, farmacias, grandes cadenas de comida rápida y peajes, entre otras, y requerirán que se preparen con anticipación, buscando proveedores que tengan la experiencia y robustez para ayudarlas a enfrentar estos desafíos.

Descargue la Infografía

Todas las emisiones de documentos equivalentes empezando por el documento equivalente P.O.S. deberán enviarse vía electrónica a la DIAN comenzando en febrero de 2023, esto, si el proyecto de Resolución de fecha 19 de agosto de 2022 se transforma en resolución. En ese momento comenzarán a denominarse documentos equivalentes electrónicos P.O.S.

Además, el 1 de febrero de 2023 comienza a regir en Colombia, de acuerdo con la Resolución 1092 publicada por la DIAN, el calendario de implementación para comenzar a exigir un límite máximo de 5 unidades de valor tributario -cerca de 45 dólares o 200 mil pesos colombianos- al expedir documentos equivalentes generados por máquinas registradoras con sistema P.O.S.  A partir de ese monto, los contribuyentes se verán en la obligación de emitir facturas electrónicas de venta.

¿Por qué estos cambios?

La DIAN requiere ampliar el control sobre las ventas para aumentar la recaudación de impuestos, abarcando a un número mayor de empresas, incluso, de menor tamaño, e impulsar la modernización del sistema tributario colombiano.

Las nuevas normativas implicarán un cambio sistémico de envergadura sobre las compañías emisoras de documentos equivalentes P.O.S. y tickets manuales, particularmente las pertenecientes a las industrias del retail, supermercados, farmacias, peajes y grandes cadenas de restaurantes, que necesitan una solución de facturación electrónica para cumplir con los requerimientos de la DIAN.

Aquí les contamos cuáles son los factores imprescindibles al escoger a un proveedor al momento de implementar:

  1. Alta escalabilidad: una de las características de la industria del retail es su potencial de crecimiento. Un proveedor de sistemas de facturación electrónica para sistemas P.O.S. debe tener la arquitectura suficiente para reaccionar ante una eventual rápida expansión, sin dejar de proporcionar un servicio de calidad.
  2. Disponibilidad: el software del proveedor debe permitir la conexión desde cada sistema P.O.S. del cliente a la nube para conectarse con el ente tributario, asegurando máxima estabilidad. Una eventual caída del sistema puede significar decenas de miles de dólares en pérdidas.
  3. Confiabilidad: es imprescindible que el software sea confiable, probado, que la información sea correcta, y que fluya correctamente para completar los procesos, al mismo tiempo que es resguardada.
  4. Flexibilidad: el proveedor debe proporcionar una plataforma agnóstica, es decir, que tenga la capacidad de conectarse con diversos sistemas P.O.S., desde los más antiguos, a los de última generación.
  5. Adaptabilidad: dado lo vertiginoso de los cambios regulatorios en Latinoamérica, el proveedor debe tener la capacidad de conocer anticipadamente cualquier nuevo mandato en curso y adaptar el sistema del cliente a tiempo para evitar multas y detenciones en el servicio.
  6. Rapidez: capacidad de respuesta ante aumento en la cantidad de puntos de venta de clientes y de incorporar nuevos contribuyentes a medida que la autoridad tributaria lo indique.
  7. Experiencia: Probablemente el punto más relevante para evaluar a un proveedor de sistemas de facturación electrónica para sistemas P.O.S.: No basta con que sea experto en factura. Es fundamental que tenga experiencia en retail e instalación de P.O.S., dado el impacto que tiene este cambio en los sistemas usuarios y a los requerimientos técnicos que demanda.

¿Por qué elegir a Sovos como proveedor tecnológico para sus sistemas P.O.S.? 

La próxima obligatoriedad, para las empresas en Colombia, de implementar el recibo (o boleta) electrónico, está forzando a las empresas a acelerar el paso para integrar este mandato a tiempo y sin afectar sus operaciones. Con esta medida, la DIAN busca seguir modernizando el sistema tributario del país y acelerar el onboarding digital de las compañías para tener un mayor control de las transacciones, reducir la evasión e incrementar la recaudación de impuestos; uno de los principales mecanismos para el crecimiento del país.

Para discutir sobre este tema, Sovos participó de un conversatorio organizado en conjunto con la Cámara de Comercio Colombo Americana, Amcham, donde sus expertos se refirieron al marco regulatorio imperante en el país y al impacto que este mandato tendrá en las empresas colombianas. En el encuentro se analizó además el caso de una importante empresa de comida rápida multinacional, que implementó exitosamente -con Sovos como partner tecnológico- la normativa en Chile, cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos establecidos por el SII -la autoridad tributaria local- que exige el envío de documentos uno a uno, validados en el momento en que se genera cada venta.

Cerrando el círculo tributario

Desde el primer decreto establecido en 2015, que estableció un régimen obligatorio de facturación electrónica, la DIAN ha ido implementando distintos mandatos que van sumando nuevos contribuyentes y condiciones a esta modalidad, avanzando así en la eliminación de los procesos en papel. Adicionalmente, para estandarizar la operatoria, ha ido normando -o está en el proceso de normar- algunos de los documentos equivalentes a la factura electrónica, incluyendo los recibos emitidos por los puntos de venta, o POS, que deberán emitirse como documentos electrónicos. Con la incorporación de variados mandatos -factura, factura de exportación, notas de crédito y débito, nómina y recibo electrónico, entre otros- la DIAN quiere cerrar el círculo tributario, obteniendo información a través de distintos tipos de documentos.

Sumado a esto, iniciativas como los “Días sin IVA”, con los que se busca incentivar el comercio y aumentar las ventas para ayudar a la reactivación económica del país, enfrentan a las empresas a un sinnúmero de desafíos, partiendo por la necesidad de entender los cambios normativos para minimizar su impacto y preparar sus plataformas tecnológicas y sus procesos de negocios para cada probable escenario adecuadamente, garantizando de este modo su continuidad operacional.

La necesidad de mantener el negocio operativo en todo momento es particularmente relevante en el caso de las empresas del retail, que operan con modelos de e-commerce o con atención en cajas 24/7, donde la caída o retraso en los sistemas de atención se puede traducir en la fuga de los clientes y en la pérdida de reputación corporativa. Adicionalmente, el no cumplimiento de los requisitos impuestos por la autoridad tributaria puede ser motivo de multas e incluso, del cierre temporal de los negocios.

Para ayudar a las compañías a enfrentar las dinámicas y siempre cambiantes demandas derivadas de estas imposiciones, Sovos cuenta con tecnologías que aseguran el cumplimiento normativo y la continuidad operacional, además de profesionales con experiencia comprobada que entienden las distintas industrias y metodologías que facilitan las integraciones y los procesos de implementación. Adicionalmente cuenta con un equipo de análisis regulatorio y un software cloud de clase mundial con funcionalidades tributarias modernas y globales que se aplican a las necesidades de cada compañía. Y no solo ocupa una posición de liderazgo mundial en soluciones de facturación electrónica; también cuenta con un departamento de tecnología e innovación enfocado en el desarrollo de procesos digitales.

Para revisar el contenido de este conversatorio, donde se tratan en profundidad estos temas, puede acceder acá.

cover Boleta electrónica de Sovos

Brochure – Boleta electrónica de Sovos

Sovos eReceipt es un software para emitir boletas electrónicas que mantiene a su empresa al día con la evolución constante de los mandatos, en cada lugar del mundo.

Poseer un software para emitir boleta de manera electrónica también ha sido parte del impacto que ha tenido la transformación digital de los impuestos en las transacciones.

Así como la facturación electrónica ha sacudido al mundo, en particular a Latinoamérica y Europa, las empresas han tenido que adaptarse a nuevos mandatos que, en una primera instancia, abarcaban los procesos de negociación entre empresas y gobiernos (B2G), y luego las transacciones comerciales entre empresas (B2B). Hoy está surgiendo una tercera ola: los mandatos para las boletas electrónicas generadas en los negocios entre empresas y consumidores (B2C).

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¿Está interesado en la Boleta electrónica de Sovos?

Hable con un especialista

Hoy, Sovos anunció nuestra adquisición más reciente, el mayor acuerdo realizado por nuestra empresa fuera de los Estados Unidos, que amplía nuestro equipo global a más de 2 mil empleados. Si bien la adquisición de Acepta, con sede en Chile, establece varios hitos para Sovos, lo más relevante es que se traducirá en un soporte aún más amplio para nuestros clientes en toda América Latina, así como para aquellos en todas las regiones donde los gobiernos están adoptando el cumplimiento fiscal digital.

A medida que los países de América Latina y de todo el mundo digitalizan exitosamente el cumplimiento tributario, las autoridades buscan expandir esas capacidades más allá del nivel de la operación para el mejoramiento económico de sus sociedades. Con esta adquisición, Sovos agrega miles de empresas de todos los tamaños a nuestra base de clientes, al tiempo que fortalece nuestra presencia en las áreas de telecomunicaciones, servicios financieros, retail y otras industrias. También aporta nuevas capacidades a nuestros productos, que nos permiten avanzar en nuestra misión de resolver los impuestos definitivamente y por el bien común a nivel mundial, para todos nuestros clientes, ya sea que hagan negocios en más de 60 países o en uno.

 

¿Por qué Acepta?

Acepta ha sido, durante mucho tiempo, uno de los proveedores líderes en América Latina de soluciones de facturación electrónica, boletas electrónicas, documentos electrónicos y certificados digitales. Con Acepta, Sovos amplía su oferta para el cumplimiento de los controles transaccionales continuos (CTC) y expande su cartera con soluciones de documentos electrónicos, incluido el flujo de trabajo de gestión con funciones de firma electrónica.

El anuncio de hoy es la continuación de un trabajo de años que ha buscado desarrollar las soluciones más completas para los desafíos del cumplimiento fiscal digital moderno. En 2018, Sovos compró la empresa sueca Trustweaver, desarrolladora de tecnología para garantizar la integridad de los documentos comerciales. En 2017 adquirimos la chilena Paperless, que comenzó como proveedora de certificados antes de desarrollar soluciones de boletas electrónicas. Y en México, Sovos tiene capacidades similares y es un proveedor de servicios de certificación (PSC) autorizado por la Secretaría de Economía de México para certificar firmas electrónicas y otras formas de identificación bajo la norma NOM 151 del país, para preservar la integridad de los datos y documentos digitales.

 

El talento y la tecnología para el cumplimiento fiscal global

Con cientos de empleados en la región y dos décadas de innovación, Acepta suma a la tecnología y el talento de Sovos tanto en nuestras áreas centrales como adyacentes. Hoy, expandimos los clientes y las industrias a las que servimos, al tiempo que ofrecemos a nuestros clientes tanto nuevos como existentes en la región, el valor inmediato de una cartera más amplia de soluciones. También vemos beneficios futuros para los clientes actuales y los que se incorporarán en todas las economías con mandatos de cumplimiento similares, incluidos los de otras partes de América Latina, Europa y Asia.

 

Obtenga más información sobre Sovos aquí.

La adquisición, la más grande realizada fuera de los EE. UU., proporciona a Sovos nuevas capacidades para respaldar el cumplimiento tributario en las economías digitales y amplía el soporte en facturación, boleta y documentos electrónicos para las pymes de todo el mundo.

BOSTON – 3 de mayo de 2021 – El proveedor global de software tributario, Sovos, anunció hoy que ha adquirido el negocio de habilitación digital de Acepta, uno de los líderes en la región y con sede en Chile,  de soluciones de facturación electrónica, boletas electrónicas, documentos electrónicos y certificados digitales.

A medida que los gobiernos de América Latina y de todo el mundo digitalizan el cumplimiento del impuesto al valor agregado (IVA), las autoridades buscan expandir los mandatos más allá del nivel de la operación para el mejoramiento económico de sus sociedades. Con esta adquisición, Sovos obtiene nuevas capacidades de productos para satisfacer esa necesidad y avanzar en su misión de resolver los impuestos de manera definitiva y por el bien común (Solve Tax for Good) a nivel mundial. La adquisición es la más grande realizada por Sovos fuera de los Estados Unidos.

Con Acepta, Sovos profundiza su oferta de cumplimiento de controles transaccionales continuos (CTC) y amplía su cartera con soluciones de documentos electrónicos, incorporando también el flujo de trabajo de gestión con funciones de firma electrónica. Estos nuevos productos se basan en adquisiciones previas de Sovos, incluida la compra -en 2018- de la empresa sueca Trustweaver, cuya tecnología permitió asegurar la integridad de los documentos comerciales, y la adquisición, en 2017, de Paperless, con sede en Chile, que comenzó como proveedora de certificados antes de desarrollar soluciones de boleta electrónica. En México, Sovos tiene capacidades similares y es un proveedor de servicios de certificación (PSC) autorizado por la Secretaría de Economía de México para certificar firmas electrónicas y otras formas de identificación bajo la norma NOM 151 del país, que preserva la integridad de los datos y documentos digitales.

“La adquisición de Acepta amplía el liderazgo de Sovos en el cumplimiento fiscal digital y nos posiciona para satisfacer las necesidades adicionales, a medida que los gobiernos avanzan en la digitalización de sus economías”, afirmó Andy Hovancik, presidente y director ejecutivo de Sovos. “El anuncio de hoy refleja nuestra estrategia de larga data de combinar el alcance global con la ejecución local, de modo que podamos satisfacer las necesidades de nuestros clientes en cualquier lugar donde hagan negocios, ya sea en 60 países o en uno”.

Actualmente, los clientes de Chile, Perú y Colombia utilizan la plataforma para empresas medianas y pequeñas de Acepta. Con clientes pyme en los EE. UU., Turquía, México y otras regiones, Sovos aprovechará aún más su cartera de productos ampliada para satisfacer la creciente demanda global de soluciones de cumplimiento de IVA de empresas de rango medio en cada país. Los clientes pyme obtendrán las capacidades de cumplimiento tributario, la seguridad y los beneficios del ecosistema que disfrutan los clientes empresariales multinacionales de Sovos, que están centralizando los esfuerzos de cumplimiento para satisfacer los distintos mandatos tributarios transfronterizos.

El director ejecutivo de Sovos para la región de América de habla hispana y exgerente general de Acepta, Álvaro González, dijo: “Los productos de Acepta son complementarios a las ofertas de Sovos. La combinación de soluciones de ambas compañías proporcionará valor inmediato a nuestra base de clientes compartida en Chile y Perú, con beneficios futuros para clientes en todas las economías con mandatos similares, incluidos los de otras partes de América Latina, Europa y Asia”.

Con la adquisición anunciada hoy, Sovos agrega más de tres mil empresas de telecomunicaciones, servicios financieros, retail y otras industrias a su base de clientes, incrementa su equipo global a más de 2 mil empleados y extiende su alcance en Ecuador.

John Gledhill, vicepresidente de desarrollo corporativo de Sovos, aseveró: “Sovos gana tecnología y talento en áreas claves y también en las complementarias de nuestro negocio a través de esta adquisición, expandiendo las industrias, regiones y clientes a los que servimos, y contribuyendo al continuo crecimiento global del negocio”.

Los términos del acuerdo no fueron revelados. Sovos es propiedad de Hg, compañía inversora de capital privado, con sede en Londres, especializada en empresas de software y servicios, y de TA Associates. EY se desempeñó como asesor financiero de Sovos, y Skadden y Claro & Cia brindaron asesoría legal. LarrainVial se desempeñó como asesor financiero de Acepta y Carey Abogados brindó asesoría legal.

 

Sobre Sovos

Sovos se creó para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con ofertas completas y conectadas para la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos, la declaración de impuestos y más. La compañía apoya a más de 16.000 clientes, incluida la mitad de las empresas Fortune 500, que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamental. Sovos tiene empleados en las Américas y Europa, y es propiedad de Hg and TA Associates. Para obtener más información, visite https://sovos.com/es/ y síganos en LinkedIn y Twitter.

 

Sobre Acepta

Durante más de 20 años, Acepta ha estado conectando a Chile a través de procesos digitales. La empresa se convirtió en pionera y líder en la implementación de firmas digitales, facturación electrónica y más. En este tiempo, Acepta ha fortalecido y consolidado su liderazgo tanto en Chile como en otros países de la región, garantizando a los clientes la protección de su información, en línea con los principios de seguridad y privacidad de la información con los que se reguló desde sus inicios. El propósito de Acepta es apoyar a los gobiernos y clientes en su camino hacia un futuro digital, educando a los ciudadanos y brindando soluciones innovadoras que mejoren la vida de las personas y entidades con las que trabajamos.

Perú – 25 de marzo, 2021

La administración tributaria peruana emitió una nueva resolución postergando algunas de las disposiciones de las Resoluciones 000193-2020 y el Anexo 2 de la resolución 286-2009. La Resolución No. 000193-2020 modificó originalmente la normativa sobre facturación electrónica para requerir, entre otras cosas: 1) Información adicional en la factura electrónica y en el recibo de honorarios electrónico; 2) Modificar las razones para la emisión de notas de crédito electrónicas y 3) Reducir el plazo de envío de las facturas electrónicas a la SUNAT y al Operador de Servicios Electrónicos (OSE). El propósito de esta nueva resolución es posponer hasta el 1 de septiembre de 2021 los puntos 1 y 2 antes mencionados sobre la Resolución 000193/2020 y suspender además, sin fecha concreta, el punto 3 sobre el nuevo plazo (de 1 día) para el envío de facturas electrónicas y de las facturas de compra y notas de crédito asociadas a las mismas ante la SUNAT u OSE. Otro tema abordado por la mencionada resolución es la modificación del Anexo 2: ‘Estructuras e información de libros y/o registros electrónicos’ de la Resolución No. 286-2009, para que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas puedan registrar sus operaciones exentas de manera consolidada en su Registro Electrónico de Ingresos y Ventas.

La creciente introducción de los controles transaccionales continuos (CTCs) en Latinoamérica como resultado de la transformación digital de los gobiernos y las empresas, está provocando cambios sustanciales en la forma en que estas últimas deben gestionar su información para cumplir con las exigencias de las administraciones tributarias, que buscan, por medio de constantes cambios en sus mandatos fiscales, mejorar el control que tienen sobre sus transacciones.

Los CTCs -que exigen la aprobación por parte de la autoridad tributaria de los documentos electrónicos en tiempo real o casi real a través del intercambio de datos automatizado- ejercen un fuerte impacto sobre las áreas de finanzas y TI de las compañías. En este escenario, la elección de un proveedor tecnológico que permita hacer frente a estos desafíos de manera rentable y eficiente es crucial para el éxito.

Los cambios normativos en la región son muy rápidos y afectan principalmente -aunque no de forma excluyente- a las multinacionales, que se ven obligadas a responder en tiempo y forma a diferentes requerimientos dependiendo del país en el que se encuentren operando, llegando a verse expuestas a fuertes multas en el caso de no hacerlo. El problema es que no todos los proveedores están preparados para cumplir con las condiciones requeridas para resolver estos desafíos apropiadamente y muchas veces las compañías se dan cuenta cuando es demasiado tarde.

Para abordar estos cambios de manera efectiva, uno de los puntos fundamentales es que los proveedores tengan la capacidad de monitorear constantemente las regulaciones que van surgiendo en el día a día para integrarlas a sus soluciones y dar cumplimiento a sus clientes de manera oportuna. Estas integraciones no son estándar; deben adaptarse a las necesidades de cada empresa, las que varían en virtud de muchos factores, como la industria a la que pertenecen o a los países en los que tengan presencia.

A esto se suma que la normativa obliga a reportar de forma distinta dependiendo de las regulaciones de cada país. Entonces, con este avance en los controles transaccionales, es sumamente importante contar con el respaldo de un proveedor que asegure que una empresa puede seguir operando, porque la actividad comercial no se puede detener. Para esto se requiere además de un equipo técnico que ayude a detectar y solucionar cualquier problema que pueda surgir antes de que se transforme en un dolor de cabeza.

El cumplimiento de normativas en Latinoamérica: un tema cultural

A la rapidez con la que cambian los mandatos en materia fiscal se suma otro elemento que pone a prueba la capacidad de respuesta de las empresas proveedoras.

Culturalmente, las empresas en Latinoamérica suelen esperar que la entidad tributaria de fiscalización emita una norma con una determinada fecha en que entra en vigor y luego extienda esa fecha, o añada algún mandato que excluya a ciertas empresas del requerimiento de cumplir. Esta es un arma de doble filo porque es imposible saber con anticipación si esto sucederá.

El mayor inconveniente de esperar hasta el último minuto para incorporar una nueva normativa es que no solo se debe implementar la modificación en la solución provista por el proveedor; muchas veces es necesario además hacer trabajos internos dentro de las soluciones de cada empresa. Hay que ver los casos uno a uno; en el caso de grandes compañías, en las que el volumen de transacciones supera los cinco mil comprobantes diarios o tienen mucha carga de control y de seguridad, se requiere realizar mayores pruebas y estas no pueden interrumpir la continuidad operacional. Por eso es tan importante empezar con tiempo.

El proceso se complejiza pues entran en juego los servidores de los tres actores involucrados: la empresa, el proveedor y la administración tributaria, los que deben ser incorporados en estas pruebas para comprobar, por ejemplo, que funcionan correctamente y que tienen la capacidad de soportar la cantidad de transacciones que se generarán.

El no cumplimiento genera multas en concordancia con la cantidad de comprobantes mal emitidos, o no emitidos o validados; de la facturación que tenga cada compañía y de la interrupción de la continuidad comercial.

Por todas estas razones es muy relevante contar con un proveedor que no solo instale una solución; es necesario que se involucre y acompañe al cliente en toda la cadena de valor de los procesos.

Es crítico considerar varios elementos al evaluar a un proveedor de software de impuestos: en primer lugar, que la solución que provea cumpla; segundo, que ayude al cliente a transitar y resolver cualquier problema que se presente, para lo cual es crucial que cuente con áreas de desarrollo, soporte y servicio sólidas y de amplia experiencia. Adicionalmente, debe brindar un respaldo legal, es decir, tiene que mantener al cliente al día con las actualizaciones normativas.

Además es relevante conocer la cartera de clientes de las empresas y los países en los que tiene presencia. Si la compañía es una multinacional, debe asegurarse de que le emitirán los reportes necesarios para que a su vez, pueda reportar a su casa matriz, que puede estar en otro continente. La clave es buscar, más que un proveedor, un partner estratégico.

En ese sentido, Sovos trabaja día a día por entregar soluciones, soporte y servicio de excelencia y establece el compromiso con cada cliente de brindarle todo lo que requiere para garantizar el cumplimiento oportuno y la continuidad operacional. Además agrega otros elementos diferenciadores a su oferta, como la posibilidad de contar con un Technical Account Manager (TAM); un especialista que aporta conocimiento técnico y normativo para seguir avanzando en la transformación de las tecnologías e integraciones necesarias para apoyar el crecimiento del proceso comercial del cliente.

Tome la iniciativa

Sovos puede ser su aliado para cumplir con la normativa de su país, mientras asegura la continuidad operacional de su negocio. Contáctenos

Ecuador – 22 de febrero, 2021

La administración tributaria de Ecuador liberó una nueva versión de los esquemas XSD y XMLs de las facturas electrónicas, notas de crédito, notas de débito, guías de pago, documento de retención y el llamado “Documento Liquidación”, que se utiliza para respaldar las compras de bienes y servicios donde el comprador debe emitir el documento electrónico. Los nuevos documentos se publicaron sin más notas, pero parecen dar cuenta de los cambios introducidos en el mandato de factura electrónica como resultado de los últimos anexos agregados a la documentación técnica publicada en los últimos meses.

Chile – 4 de enero, 2021

La administración tributaria chilena (SII) emitió una nueva resolución 176/2020 del 31 de diciembre, en la que provee instrucciones en relación con la emisión de la “boleta de pago” procesada a través de terminales suministrados por proveedores de servicios de pagos electrónicos. Esta nueva resolución deroga lo dispuesto en las Resoluciones No. 5 y 55 de 2015, y la Resolución No. 13 de 2018. Entre los cambios más importantes introducidos se encuentran:

  1. Nuevas definiciones oficiales de los elementos que participan en el proceso de emisión de las boletas electrónicas pagadas con tarjetas de crédito y débito.
  2. Formato y contenido obligatorio de los comprobantes de pago emitidos por los terminales. Hay 10 elementos obligatorios que deben contener dichas boletas.
  3. Los operadores de pagos a través de medios electrónicos deben permitir a los vendedores diferenciar en la boleta emitida a través de sus dispositivos aquellas ventas sujetas a impuestos de las que están exentas o para las cuales no existe obligación de emitir boletas. Excepcionalmente, el contribuyente podrá hacer esa diferenciación agregando una anotación en el informe de ventas emitido por el Punto de Venta, donde los registros deberán ser segregados de acuerdo con la solicitud del SII. La cancelación de las ventas realizadas a través de esos puntos de venta debe realizarse siguiendo el procedimiento establecido para dichos dispositivos.
  4. Ordena que en casos de duplicación de boletas, el contribuyente responsable emita una nota de crédito electrónica que contenga todas las transacciones en esas condiciones, a más tardar el último día antes de la fecha límite para la presentación de la declaración de IVA mensual (Formulario 29) del período en el que se emitió la boleta duplicada.
  5. Las ventas pagadas por medios electrónicos deben registrarse en el SII en el Registro de Compras y Ventas del contribuyente.
  6. Además de las disposiciones mencionadas anteriormente, esta resolución ordena que los administradores de medios de pago electrónicos se registren en el SII y presenten diariamente información sobre todos los pagos procesados el día anterior a través de sus terminales.En caso de que el procesador de pagos no pueda brindar la información debido a dificultades técnicas, podrá solicitar una dispensa temporal al SII.El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado de acuerdo con lo establecido en el art.97 del Código Tributario.

Chile – 31 de diciembre, 2020

La administración tributaria de Chile (SII) emitió una nueva resolución 166/2020 que permite a los contribuyentes comenzar a emitir boletas electrónicas por servicios profesionales (boletas de honorarios electrónicas o BHE) a más tardar el 1 de enero de 2021 en lugar del 24 de diciembre de 2020, como se estableció originalmente en la ley. La resolución también establece que el segundo grupo de contribuyentes, que debían cumplir antes del 24 de junio de 2021, podrá comenzar a cumplir con ese mandato, a más tardar, el 1 de julio de 2021. Además, la resolución establece que esta extensión será aplicable a las boletas emitidas por servicios prestados por terceros (boletas de prestación de servicios de terceros, BPST). Finalmente, esta resolución también establece el procedimiento para eximir a los contribuyentes de las obligaciones antes mencionadas bajo las siguientes condiciones: 1) No tener acceso a Internet o energía eléctrica o 2) Contribuyentes ubicados en zonas de desastre; Para tal efecto, se requerirá a esos contribuyentes que presenten una solicitud que será respondida por el director regional del SII. Estas excepciones no se consideran permanentes y si son emitidas, el permiso original podrá ser revocado por el director regional en cuanto cambien las situaciones que las originaron. Los contribuyentes exentos pueden emitir facturas en formato papel.

https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso166.pdf

Perú – 3 de noviembre, 2020

La administración tributaria peruana (SUNAT) ha emitido la nueva Resolución 191/2020, que pospone, para determinadas entidades del sector financiero, de cooperativas y seguros, su designación como emisores de facturas y recibos electrónicos.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2020/191-2020.pdf

Chile – 24 de septiembre, 2020

La administración tributaria chilena (Servicio de Impuestos Internos, SII) publicó una nueva resolución referente a los medios permitidos para emitir recibos y comprobantes electrónicos. Esta resolución revoca la autorización emitida para el uso de cajas registradoras, terminales POS e impresoras fiscales al emitir comprobantes de reemplazo por ventas y servicios (conocidos localmente como “vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios”). Esta nueva resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2021 para los contribuyentes que ya son facturadores electrónicos y el 1 de marzo de 2021 para los contribuyentes que no se consideran facturadores electrónicos. Eso significa que después de dichas fechas, ese tipo de documento electrónico se requerirá solo en formato electrónico. Esta nueva resolución deroga las instrucciones contenidas en ese sentido en las resoluciones 6761/1998, 24/2002, 111/2004 48/2016 y 8/2018.

http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso108.pdf

Tal como había anunciado el Servicio de Impuestos internos, el 1 de enero entró finalmente en vigencia la resolución 74/2020, que obliga a todas las empresas con operaciones en territorio chileno -y que ya están obligadas a emitir facturas electrónicas- a emitir boletas en formato electrónico. Para aquellos contribuyentes que no se consideran facturadores electrónicos, se mantiene el 1 de marzo.

La nueva regulación, que se inserta en el proceso de modernización tributaria impulsada por la Ley 21.210, ha tenido un impacto significativo para las empresas, que han debido adaptarse rápidamente para incorporar los nuevos requisitos en tiempo y forma y dar cumplimiento a las exigencias del SII.

En este proceso ha quedado en evidencia, una vez más, la importancia de contar con proveedores que acompañen a las empresas en todo el ciclo de vida del cumplimiento tributario. Implementar los cambios necesarios para cumplir con un nuevo mandato que impone cambios sustantivos en las operaciones de las compañías requiere de mucho más que una buena solución tecnológica; es fundamental además el acompañamiento de un equipo experto que entregue los lineamientos necesarios para reducir el impacto de los cambios regulatorios en cada eslabón de la cadena.

En esta línea, Sovos trabaja con un equipo multidisciplinario, encargado de mantener a los clientes siempre informados sobre los últimos cambios regulatorios y de implementarlos a tiempo en sus plataformas, para mantenerlos en cumplimiento evitando multas, sanciones y cualquier interrupción en sus operaciones diarias.

Desafíos del nuevo mandato

El nuevo mandato de boleta electrónica incorpora varios nuevos requisitos para los contribuyentes, que deben presentar las boletas electrónicas al Servicio de Impuestos Internos (SII) con prioridad de una hora desde el momento en que se emite la misma al cliente y separar el IVA aplicado en dichas boletas del precio. Adicionalmente, se les exige emitir un resumen de ventas diarias dentro de las primeras 12 horas del período que se informa, incluso si no se reportan operaciones.

La digitalización de los impuestos en el marco de los negocios B2C, que permite al SII avanzar en la búsqueda del óptimo desempeño de la fiscalización, monitoreo de cumplimiento, evasión de riesgo y presunción tributaria -al controlar lo que las empresas entregan como producto terminado al consumidor final- no es solo una exigencia para las compañías; también es una oportunidad para que aseguren la integridad de sus datos, aumenten su eficiencia y disminuyan costos, integrando prácticas comerciales amigables con el medio ambiente e incluso, entreguen valor a sus consumidores mediante la mejora en la experiencia de usuario en el proceso de compra.

Si bien existen diversas vías para que las empresas implementen la boleta electrónica, ya sea utilizando un desarrollo propio debidamente certificado o recurriendo a la plataforma gratuita que ofrece el SII a las más pequeñas, las empresas de gran tamaño, que emiten volúmenes masivos de boletas, necesitan, para transformar esta nueva resolución en un valor agregado, recurrir a un proveedor externo que brinde una solución de boleta electrónica de alto estándar.

Tecnología y expertise para el cumplimiento

Para responder a los requerimientos tecnológicos que demanda la emisión y autorización de las boletas electrónicas, la compañía ha desarrollado Sovos eReceipt, una solución rápida, autónoma y escalable que minimiza el riesgo de sanciones financieras para las empresas, mejora eficazmente su rentabilidad y las libera de la carga que representa la incorporación de nuevos mandatos en sus procesos de reporte, al tiempo que asegura su continuidad operacional.

Liviana y sencilla de implementar, capaz de incorporarse a las operaciones de las empresas sin causar una fricción negativa dentro del ecosistema, y a la vez madura y sustentada sobre una base estructural de software ya garantizada en el tiempo, Sovos eReceipt proporciona una solución de clase mundial en torno a la emisión, procesamiento y administración de documentos electrónicos y resuelve definitivamente los problemas logísticos generados en los puntos de venta, de forma tal que la inversión realizada tenga un rápido retorno a la organización.

Adicionalmente, uno de los grandes factores diferenciadores de Sovos es su equipo mundial de expertos en cambios regulatorios, que están constantemente monitoreando las rápidamente cambiantes normativas exigidas por las autoridades fiscales.

Esta mirada permanente sobre el cumplimiento y las legislaciones tributarias de los distintos países, tanto en América Latina como en el resto del mundo, permite que las compañías que adopten la solución de boleta electrónica de Sovos se protejan y anticipen a las nuevas normativas en todo momento, pudiendo responder con agilidad ante cualquier nuevo requerimiento, sin importar el país en que desarrollen sus negocios, al contar con una solución que está incorporando permanentemente los nuevos mandatos de manera transparente para el usuario final.

Con más de una década de experiencia en el procesamiento de transacciones y presentación de informes en tiempo real a nivel mundial, Sovos cuenta actualmente con la red más grande de procesamiento de documentos electrónicos en Latinoamérica. Los buenos resultados de la compañía están avalados por sus más de 8 mil clientes alrededor del mundo, entre los que se cuenta la mitad de las empresas del ranking Fortune 500, distribuidas en más de 70 países.

Como es de común conocimiento, el Servicio de Impuestos Internos emitió en julio la Resolución 74/2020,  que establece la obligatoriedad, para todas las empresas con operaciones en territorio chileno, de emitir boletas en formato electrónico.  

Si bien la fecha de entrada en vigor de esta normativa ha sido pospuesta, a causa de la pandemia, hasta el 1 de enero de 2021 para las empresas que ya están obligadas a emitir facturas electrónicas -manteniendo el 1 de marzo para aquellos contribuyentes que no se consideran facturadores electrónicos- es necesario abordar los cambios que conlleva esta nueva normativa a la brevedad posible.  

La nueva regulación contempla varias indicaciones que deben ser contempladas al momento de su implementación. Entre ellas, será obligatorio que los contribuyentes envíen las boletas electrónicas al SII en un plazo máximo de 1 hora desde el momento de la entrega de la boleta al cliente. Adicionalmente, el IVA deberá estar debidamente separado del precio y se requerirá que los contribuyentes emitan un Resumen de Ventas Diarias dentro de las primeras 12 horas del período que se informa, incluso si no se reportan operaciones. La resolución también elimina el libro de boletas de venta.  

Para estos fines, incorporaremos, actualizaremos y configuraremos en la arquitectura de nuestra solución los componentes necesarios para la emisión de la boleta electrónica online, incluyendo un balanceador para el envío por Web Services de cada boleta y un controlador de transacciones a ser instalado en el gateway. Para la implementación, nuestros equipos de servicios profesionales y/o SSA-TAM considerarán las necesidades específicas de cada uno de nuestros clientes.    

Sovos está comprometido íntegramente con sus clientes, trabajando activamente en los cambios necesarios en su plataforma, para lo cual hacemos especial énfasis en los siguientes puntos:  

 

Nuestro compromiso es acompañar a nuestros clientes en todo el proceso y hacer nuestro mejor esfuerzo para ayudar a su empresa a cumplir con este nuevo mandato de la mejor manera.  

Chile – 24 de agosto, 2020

El congreso chileno aprobó un proyecto de ley mediante el cual se posterga el plazo para cumplir con el mandato de emisión de boletas electrónicas para quienes ya están obligados a emitir facturas electrónicas. De acuerdo con la ley aprobada, el plazo se ha pospuesto del 1 de septiembre de 2020 al 1 de enero de 2021. Se mantiene sin cambios el segundo plazo para aquellos contribuyentes que en este momento no estén obligados a emitir facturas electrónicas: 1 de marzo de 2021. Si bien la ley tiene pendientes algunos trámites adicionales para su plena vigencia, el ministro de Economía anunció también el mencionado aplazamiento, que ya está publicado en el sitio web de la administración tributaria chilena (Servicio de Impuestos Internos, SII).