Mediante la Resolución 000041-2026 SUNAT se establece que no se aplicarán las sanciones por llevar libros o registros electrónicos sin observar las formalidades ni por la omisión del registro de ingresos, rentas y otros dentro de los plazos por el periodo de agosto 2026 a enero de 2027.
Asimismo, se prorroga el plazo para subsanar la generación de los Registros de Ventas y Compras Electrónicos a través del SIRE —y/o realizar los ajustes que correspondan— hasta el 28 de febrero de 2027.
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