La administración tributaria mexicana (SAT) ha liberado una nueva actualización del catálogo del CFDI, enfocada en la introducción de la Versión 61 del capítulo relacionado con los códigos para el número de frontones aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se cambiaron tres códigos. Los códigos modificados se pueden encontrar en la pestaña denominada C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
México – 4 de agosto, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha publicado una nueva actualización del Catálogo de CFDI, centrada una vez más en la introducción de la versión 59 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana) donde se cambiaron tres códigos. Esta se suma a la reciente versión 58, donde se modificaron 9 códigos del mismo capítulo de este catálogo. Estos se pueden encontrar en la pestaña C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
La administración tributaria mexicana (SAT) ha incluido una nueva disposición en la segunda modificación de la resolución fiscal miscelánea que extiende, hasta el 31 de diciembre de 2020, el permiso otorgado a los vendedores de combustibles para emitir facturas electrónicas globales (CFDI) por sus ventas de combustibles sujetos a controles volumétricos. Este permiso tenía fecha de caducidad, originalmente, el 31 de julio de 2020. Esto implica que, a partir del 1 de enero de 2021, dichos contribuyentes deben emitir un CFDI por cada venta de combustible hecha a sus clientes. Esta disposición se puede encontrar en el art. tercero que modifica el artículo vigésimo séptimo de la Resolución Fiscal Miscelánea 2020. Para obtener más información sobre las condiciones técnicas para aplicar esta extensión, visite la resolución en este enlace:
Además de las disposiciones relacionadas con los servicios digitales, explicadas en la parte I de este resumen, la segunda modificación a la Resolución Miscelánea para 2020 también introdujo varios cambios relacionados con el cumplimiento de las obligaciones del IVA, el uso de la firma electrónica y la facturación electrónica. El documento a continuación contiene un resumen de estos cambios.
Desde el establecimiento de las nuevas obligaciones sobre los proveedores extranjeros no establecidos de servicios de intermediación a través de plataformas digitales; los proveedores locales de servicios que utilizan esas plataformas digitales, y los proveedores extranjeros de bienes digitales, ha habido una gran confusión en México acerca de la forma que estos tres grupos de contribuyentes utilizarán para cumplir con sus obligaciones de IVA e impuestos sobre la renta. El resumen adjunto contiene la primera parte del análisis de esta resolución, emitida el pasado 21 de julio de 2020.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó además una nueva actualización del Catálogo del CFDI, la que se centra nuevamente en la introducción de la Versión 58 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), en el que se cambiaron nueve códigos. Los códigos modificados se pueden encontrar en la pestaña C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
El 8 de julio pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México publicó la lista de proveedores extranjeros de servicios digitales para clientes residentes en el país. Estos proveedores están obligados, por ley, a registrarse en el SAT; cobrar el IVA por los servicios que brindan a los consumidores finales y emitir las facturas correspondientes. Los contribuyentes que no cumplan con este mandato pueden estar sujetos a sanciones del SAT y los pagos que se les hagan estarán sujetos a retención. Para hacer cumplir este mandato, la ley exige que el SAT publique, cada dos meses, una lista oficial de proveedores extranjeros que ya han cumplido con el requisito de registro mencionado anteriormente. Esa lista debe publicarse en enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, y está disponible para revisión en el Oficio 700-04-02-00-00-2020-78.
EL SAT publicó además, el 8 de junio, el nuevo catálogo para el CFDI, actualización centrada en la introducción de la versión 56 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde once códigos fueron modificados. La versión anterior fue informada el 21 de mayo.
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