La autoridad tributaria de México publicó la documentación técnica del “Complemento Concepto de hidrocarburos y petrolíferos” que deberá acompañar al CFDI por aquellos contribuyentes que lleven a cabo enajenación de gasolinas y diésel.
Dicho complemento incorpora los números de permiso otorgados por la autoridad energética para llevar a cabo tal actividad, además de información relativa al tipo de combustible.
Su utilización será obligatoria a partir del 24 de abril de 2026.
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