El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo 198 que eleva la tasa del Impuesto al valor agregado (IVA) del 12 al 15 por ciento.

La nueva tasa del 15% al IVA regirá en todo el Ecuador desde el lunes 1 de abril de 2024.

El uso de la factura electrónica ha traído múltiples beneficios para las empresas que van más allá de la agilidad en la emisión de estos comprobantes de pago y la eliminación del papel.

El impacto del uso de la factura electrónica se presenta de manera positiva en la operatividad de las empresas, gestión de cumplimiento, optimización del trabajo de los equipos, e incluso impulsa el crecimiento de los negocios.

Sovos, con sus soluciones para cumplimiento tributario, ha logrado grandes resultados en la desafiante tarea de la implementación de nuevas regulaciones para el uso de la facturación electrónica en los diferentes países de Latinoamérica, que representan buenas prácticas para inspirar a las empresas que están en la búsqueda de optimizar sus procesos administrativos. Te las explicamos a continuación.

  1. Uso de la facturación electrónica multinacional: En el actual mundo globalizado donde las empresas no tienen fronteras para crecer y expandir sus negocios, surgen retos como: el cumplimiento de las legislaciones locales, que implica realizar revisiones constantes a las nuevas regulaciones para determinar la necesidad de hacer cambios en sistemas internos; el idioma, que puede desencadenar posibles errores al no comprender la comunicación de los mandatos en la lengua local; y los requerimientos técnicos, que en conjunto pueden reducir la eficiencia en los negocios.Algunas empresas optan por la implementación de diferentes soluciones tecnológicas en cada país donde operan, sin embargo, esta alternativa puede representar mayor carga de tiempo para los equipos que gestionan el cumplimiento tributario.Es aquí, donde el uso de plataformas como la de Sovos, que operan a nivel multinacional, se hacen necesarias para consolidar esfuerzos de cumplimiento en diferentes mercados, minimizar el impacto en las operaciones, y aliviar el monitoreo de los mandatos en diferentes idiomas teniendo certeza legal.De esta manera, los equipos pueden enfocarse en los procesos más importantes como innovación, relación con clientes, y crecimiento del negocio; dejando en manos de una sola plataforma el manejo de su facturación electrónica en los diferentes países donde opera.
  2. Estandarización de procesos de cumplimiento tributario: Para las empresas que tienen operaciones en múltiples países, la estandarización de procesos, como en el caso del uso de la facturación electrónica y reportes contables, es una necesidad vital.Procesar declaraciones de rentas mensualmente, presentar informes, y monitorear los nuevos cambios regulatorios en diferentes países, es una tarea que consume tiempo y puede estar expuesta a errores. Además, cada contador tiene sus propios métodos para realizar su labor, lo que hace difícil revisar, validar y centralizar los diferentes reportes de manera eficiente.Sovos, con su herramienta para presentar informes tributarios en múltiples países, ha ayudado a empresas multinacionales en su misión de estandarizar sus procesos de cumplimiento desde una única plataforma, aportando precisión, eficiencia, y un servicio personalizado en cada mercado, logrando disminuir en un promedio de 30%-50% el tiempo requerido para preparar una declaración de impuestos.Con esta solución, los informes de impuestos son automáticos, los problemas pueden ser identificados previamente a la presentación de reportes, y las auditorías se gestionan con mayor agilidad, reduciendo el riesgo de sanciones. Así, los equipos de cumplimiento pueden enfocarse en la realización de análisis y validaciones, con mayor agilidad y precisión.
  3. Sólida integración de sistemas: Los cambios regulatorios que exigen la implementación de factura electrónica representan desafíos de adaptación tecnológica en las empresas, quienes muchas veces no están preparadas para acelerar su transformación digital y/o no cuentan con equipos capacitados para desarrollar esta labor.La solución regional de facturación electrónica SaaS de Sovos, ha sido el aliado tecnológico para muchas empresas que necesitaban integrar sus sistemas internos, como ERP, con los nuevos mandatos regulatorios de cada país, en tiempo y forma, garantizando que no se produzcan interrupciones en la operatividad del negocio relacionada al cumplimiento.Además, gracias a la facilidad de integración de sistemas, las empresas pueden reducir la carga de trabajo de sus equipos de TI causadas por los constantes cambios regulatorios de facturación electrónica, y disminuir costos de mantenimiento de infraestructura, al dejar esta responsabilidad en manos de Sovos.

Como resultado de estas buenas prácticas del uso de la facturación electrónica, las compañías pueden enfocarse en sus funciones centrales del negocio, como las cuentas por cobrar y pagar, mejoras en logística, atención al cliente, y estrategias de crecimiento.

Nos encontramos en un punto de inflexión en el cumplimiento normativo en tecnología, donde el derecho y la tecnología confluyen. Definitivamente, nos encontramos en el amanecer de una nueva era. La revolución digital ha trascendido las barreras tradicionales, exigiendo una gestión de procesos tecnológicos que es esencial para el cumplimiento legal y la eficiencia operativa. Frente a nosotros se despliegan desafíos sin precedentes: la protección de la privacidad, la fortaleza de la ciberseguridad y la agilidad ante regulaciones en perpetuo cambio.

Ante esta realidad, surge la necesidad de generar un marco sólido, el que hemos querido llamar “Golden Circle del Tech Compliance”, que encapsula la esencia de la adaptación tecnológica en compliance.

Este enfoque se sostiene sobre tres pilares esenciales: exploración, comunicación e implementación.

La Exploración es nuestra vigilancia continua, la búsqueda profunda y proactiva para comprender las leyes y sus impactos. No es simplemente revisar lo que está escrito, sino prever cómo puede cambiar el juego para nuestros productos y prácticas empresariales.

La Comunicación transmite con claridad la esencia de lo que hemos explorado, asegurando que clientes y socios estén informados y comprometidos. Esta comunicación es un diálogo bidireccional, una colaboración que profundiza la comprensión y refuerza alianzas, especialmente con reguladores y entidades gubernamentales.

La Implementación es la acción: aquí es donde cobran vida la estrategia y el conocimiento. Con tecnologías adaptables y metodologías de gestión de software personalizadas, respondemos con agilidad a los marcos legales, asegurando transparencia y gestión proactiva de riesgos.

Este enfoque no es lineal, sino un ecosistema que evoluciona con el panorama tecnológico y legal. Es la promesa de un futuro donde el compliance y la eficiencia son la norma, asegurando los resultados en cada paso que damos.

El cumplimiento normativo integrado en la tecnología

En el mundo del compliance de hoy, integrar la tecnología no es una opción, es una necesidad imperativa. La innovación constante y una comunicación estratégica son la clave para el éxito.

La brújula de la tecnología nos guía no solo a través de los desafíos actuales, sino hacia el horizonte de posibilidades que aún están por descubrirse.

Con cada innovación, diálogo y aplicación, estamos definiendo el paisaje legal del mañana, asegurando que la integridad y eficiencia no sean solo ideales, sino realidades cotidianas.

En este sentido, y justamente para alinearse con estos desafíos, Sovos cuenta con un equipo de más de 100 expertos regulatorios a nivel mundial que están constantemente vigilando cualquier cambio normativo que pudiera incidir en los procesos de negocios de sus clientes, y los transmiten a los equipos especializados para que sus soluciones se adapten y cumplan rápidamente con las normativas.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador publicó una versión actualizada de su Guía para Contribuyentes sobre Cancelación de Comprobantes Electrónicos en la que explica en detalle cómo anular comprobantes electrónicos ya autorizados por la entidad tributaria.

Esta versión mejorada y actualizada de la edición anterior, publicada en 2018, se inserta en el trabajo que está realizando el SRI para ir ampliando su control sobre los contribuyentes y optimizando las prácticas tributarias del país.

La funcionalidad destacada en la guía permite realizar el proceso íntegro de anulación de comprobantes electrónicos, incluyendo:

  1. La solicitud de anulación de comprobantes electrónicos por parte del emisor.
  2. La confirmación de anulación de comprobantes electrónicos por parte del receptor del comprobante.
  3. La consulta de comprobantes electrónicos anulados, tanto emitidos y recibidos.

Anulación de liquidaciones de compra

La actualización de la Guía incluye un nuevo documento electrónico cuya anulación puede ser solicitada, la liquidación de compra, sumándose así a los otros comprobantes electrónicos como facturas, comprobantes de retención, notas de crédito, notas de débito y guías de remisión, que pueden ser igualmente anulados.

El SRI establece que cualquier solicitud de anulación del emisor a través del portal del SRI debe ser aceptada por la misma vía por el contribuyente receptor del comprobante electrónico, ya que debe existir su consentimiento del cambio de estado de “Autorizado” a “Anulado”, esto una vez que el emisor haya cumplido con el proceso de anulación.

Se exceptúan las facturas, liquidaciones de compras y guías de remisión, las que se anularán directamente si existen errores o no se hayan hecho efectivas la transacción o retención.

El ingreso de solicitudes de anulación se debe realizar exclusivamente por Internet, para lo cual el contribuyente emisor de comprobantes electrónicos, y el contribuyente, ciudadano o persona receptor del comprobante electrónico, deben contar con clave de acceso al SRI en línea.

Nuevos plazos para anulaciones

Un cambio adicional relevante es el plazo para solicitar una anulación, que se extiende a 90 días posteriores a la fecha de emisión del comprobante de venta, retención o documento complementario. Antes de este cambio los 90 días corrían a partir de la fecha de autorización.

Es importante tener en consideración que, una vez ejecutado el proceso de anulación, no existe procedimiento que permita reversar dicha anulación. Además, si una solicitud de anulación es rechazada por el receptor por “error”, se podrá ingresar nuevamente la solicitud de anulación.

Finalmente, los comprobantes en estado “Pendiente de Anular” tienen validez tributaria, mientras que aquellos en estado “Anulado” no la tienen.

27 de febrero, 2023

El Servicio de Rentas Internas del Ecuador publicó una actualización de la ficha técnica de comprobantes electrónicos para su versión Offline. En esta se actualizan las tarifas de ciertos impuestos del ICE.

La versión 2.24 está disponible en el siguiente enlace:

https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/…/FICHATECNICA….pdf

El Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a través de los decretos ejecutivos 643, 644 y 645, procedió a la reducción de varios impuestos.

En este marco el decreto ejecutivo 645 consigna la rebaja al Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a determinados productos, tales como fundas plásticas, alcohol, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, armas de fuego y cigarrillos, entre otros.

El decreto ejecutivo 644, por su parte, dispone la reducción temporal del IVA del 12 % al 8% a todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el art.5 de la Ley de Turismo, a favor de personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras a nivel nacional durante los siguientes feriados del 2023:

Finalmente, el Gobierno Nacional, a través del artículo 1 del decreto ejecutivo 643 reducirá el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) al 2%, de acuerdo con el siguiente cronograma:

En sus disposiciones transitorias el decreto 643 consigna que el Servicio de Rentas internas modificará las resoluciones generales que sean pertinentes y actualizará los formularios correspondientes a fin de aplicar la reducción del Impuesto a la Salida de Divisas dispuesta.

Asimismo, se establece que para efectos de aplicar la tarifa descrita en el artículo 1, los agentes de retención y percepción del ISD, efectuaran los ajustes necesarios en sus sistemas operativos.

Finalmente, en caso de que dichos agentes no logren realizar los ajustes para aplicar las nuevas tarifas, hasta la entrada en vigor del decreto ejecutivo, deberán diseñar los mecanismos adecuados o medidas de mitigación que consideren oportunas para la restitución directa de los valores resultantes de la aplicación de una tarifa mayor a la prevista en la norma y evitar que el contribuyente soporte una carga impositiva indebida.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador publicó la resolución NAC-DGERCGC22-00000052  de fecha  18 de octubre de 2022, por la cual se introducen modificaciones y ajustes a la resolución NAC-DGERCGC 17-00000295, sobre disposiciones aplicables a los socios y accionistas de los operadores de transporte terrestre que realicen la actividad de transporte comercial, excepto los taxis.

En lo fundamental, la nueva resolución reemplaza el artículo 3 de la resolución 295/2017 para regular la emisión de comprobantes de venta emitidos electrónicamente por los socios o accionistas de los operadores de transporte comercial, excepto taxis, los cuales deberán incluir la información del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y la razón social del operador de transporte al que pertenecen, en los campos referentes a número de RUC y cliente, según corresponda.

Con esta sustitución, la nueva redacción del artículo 3 es la siguiente:

“Art. 3.- Incorporación de requisitos de comprobantes de venta. – Los comprobantes de venta emitidos electrónicamente por los socios o accionistas de operadoras de transporte comercial, excepto taxis, deberán incluir obligatoriamente la información del número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) y la razón social de la operadora de transporte a la que pertenecen, en los campos referidos a número de RUC y cliente, según corresponda”.

Asimismo, se sustituyó el artículo 4 de la resolución 295/2017. Con este cambio, los socios o accionistas de los operadores de transporte comercial, excepto taxis, podrán ser designados como puntos exclusivos de emisión de comprobantes de venta y documentos complementarios del operador al que pertenezcan, de acuerdo con sus necesidades y formas de organización. En caso de ser requerido, el operador realizará las configuraciones correspondientes dentro de su sistema de facturación electrónica para la emisión de comprobantes con los puntos de emisión asignados a sus socios o accionistas.

Los comprobantes de venta y documentos electrónicos complementarios que se expidan a través de estos puntos de emisión deberán incluir en el apartado de información adicional la siguiente información: apellidos y nombres del socio o accionista a quien se designó dicho punto, su Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC). Asimismo, deberá incluirse un campo denominado “placa” para la identificación del vehículo, cuya matrícula corresponde obligatoriamente al socio o accionista, según corresponda.

Una vez emitida la factura al cliente como punto de emisión del operador de transporte comercial, excepto taxis, el socio o accionista deberá a su vez emitir al menos un comprobante de venta al operador por las operaciones realizadas cada mes.

Los socios o accionistas no podrán ser designados como puntos de emisión de comprobantes de venta y documentos complementarios cuando las unidades de transporte pertenezcan directamente al operador.

Los comprobantes que emita el socio o accionista a la operadora deberán observar lo señalado en el artículo 3 de la presente Resolución.

La resolución, asimismo, incorpora disposiciones generales Octava y Novena:

Octava. – Las normas del artículo 4 y de la Disposición General Sexta, excepto el numeral primero de la referida disposición, no serán aplicables para los socios o accionistas de operadoras de transporte de carga pesada.

Novena. – Los costos y gastos registrados en comprobantes de venta que se emitan sin observar las disposiciones previstas en la presente Resolución no serán deducibles para el cálculo del impuesto a la renta, en la medida en que no satisfacen lo previsto en el numeral 1 del Art. 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

Finalmente, la presente resolución contiene una DISPOSICIÓN REFORMATORIA ÚNICA. Que sustituye el apartado xi de la letra c), por el siguiente:

“xi. Transportistas: Permiso de operación o documento habilitante vigente, emitido por la autoridad competente que regule el tránsito y transporte terrestre, a nombre de la operadora y donde conste el vehículo y el propietario, socio o accionista de la operadora, que requiere la inscripción en el RUC”.

El Servició de Rentas Internas del Ecuador (SRI) publicó la Resolución NAC-DGERCGC22-00000064 de fecha 13 de enero que tiene por objetivo efectuar modificaciones a la Resolución Nro. NAC-DGERCGC18-00000233 de fecha 05 de junio de 2018, donde el SRI estableció las normas para la emisión, entrega y trasmisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios expedidos por sujetos pasivos autorizados, mediante el esquema de comprobantes electrónicos.

El principal cambio está constituido por la sustitución de inciso primero del artículo 7 de la Resolución NAC-DGERCGC18-00000233 por el siguiente texto:

“Art. 7.- Transmisión. – Los sujetos pasivos que emitan comprobantes electrónicos deberán transmitirlos a la Administración Tributaria en el momento mismo de realizarse la generación del comprobante electrónico, o hasta dentro de un máximo de setenta y dos horas de haberse generado el mismo, utilizando para ello los enlaces “web services” dispuestos en la “Ficha Técnica de Comprobantes Electrónicos”. A través de este mecanismo se realizará el envío, recepción y validación de los comprobantes electrónicos entre el emisor y la Administración Tributaria”.

Asimismo, se eliminó el inciso segundo del referido artículo 7 que consagraba la posibilidad de enviar comprobantes electrónicos de forma conjunta y agrupada dentro de un plazo máximo de 24 horas de haberse realizado la transacción o generación del comprobante electrónico.

Finalmente, se incorporó una disposición Transitoria Única que establece que el límite del 1% previsto en el artículo 8 de la Resolución NAC-DGERCGC18-00000233, no será aplicable en el caso de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios preimpresos cuya autorización haya sido otorgada hasta el 29 de noviembre del 2022, los cuales podrán ser emitidos y tendrán validez hasta su fecha de caducidad; siempre y cuando el contribuyente cuente con la autorización para emisión de comprobantes electrónicos.

Parte V de V – Christiaan Van Der Valk, vicepresidente de estrategia y regulación, Sovos

Clic aquí para leer la parte IV de la serie.

Las leyes de facturación electrónica exigidas por los gobiernos se están abriendo paso en casi todas las regiones del mundo, trayendo consigo mandatos y expectativas más estrictas para las empresas. Insertos en todos los aspectos de su operación, los gobiernos son ahora una influencia omnipresente en su pila de datos, que revisa cada transacción en tiempo real mientras atraviesa su red. La supervisión en tiempo real también ha traído consigo la aplicación de la ley en tiempo real, que puede variar en severidad desde multas significativas, hasta el cierre completo de su negocio. Todo esto ha creado una nueva realidad para los líderes de TI, que necesitan una estrategia para hacer frente a estos cambios globales. Pedimos a nuestro vicepresidente de estrategia y normativa, Christiaan Van Der Valk, que nos oriente sobre cómo afectará esto a los departamentos de TI y cómo pueden prepararse mejor.

P: Ahora que las autoridades gubernamentales están en los datos de las empresas y exigen informes en tiempo real o casi real, ¿qué impacto tendrá esto en los departamentos de TI?

CV:  La digitalización del IVA y otros impuestos amplía considerablemente el alcance de los sistemas financieros y transaccionales, que deben cumplir con requisitos específicos -y siempre cambiantes- del gobierno. Este fenómeno de ampliación y descentralización del cumplimiento de los impuestos en el panorama de sistemas y procesos de una empresa se produce al mismo tiempo que un mayor número de estas aplicaciones (para la automatización de las cuentas por pagar, el EDI, las adquisiciones, la automatización de la cadena de suministro, la gestión de los viajes y los gastos, la gestión del pedido al cobro, la gestión de las comunicaciones con los clientes, etc.) se utilizan en régimen SaaS en modo multiusuario.

Esto le obliga a hacer un balance de las aplicaciones que pueden entrar en el ámbito de aplicación de los requisitos del IVA en todas las jurisdicciones pertinentes, y a revisar los contratos con los proveedores para garantizar la claridad en cuanto a la responsabilidad del cumplimiento. Es posible que también haya que revisar las prácticas de contratación para conceder licencias a esas aplicaciones externas, a fin de garantizar una contratación adecuada en torno al cumplimiento de las normas fiscales desde el principio.

P: Para cumplir con los mandatos del gobierno y garantizar que las operaciones continúen sin interrupción, ¿qué debe priorizar TI? ¿Qué enfoque recomendaría?

CV:  Un factor clave del éxito es el grado en que TI e impuestos pueden formar un equipo para afectar al cambio en la organización. La respuesta por defecto a los cambios en los impuestos indirectos será considerarlos como algo evolutivo y que se resuelve mejor en las filiales locales. Sin embargo, la introducción de los CTC supone un cambio de paradigma y una de las consecuencias es que resolver estos retos de forma descentralizada puede ser perjudicial para el potencial de transformación digital de una empresa. Las tecnologías de la información y la fiscalidad deben colaborar estrechamente para concienciar a todas las partes interesadas de la empresa y del país sobre la importancia de una respuesta coordinada y estratégica a este profundo cambio. No se puede subestimar el papel de los tecnólogos fiscales especializados en estos retos interdisciplinarios.

Muchas cosas han cambiado en el mundo de la facturación electrónica exigida por los gobiernos. La continua inversión en tecnología por parte de las autoridades gubernamentales ha puesto a los reguladores en posición de exigir una mayor transparencia junto con informes más detallados y en tiempo real. Para satisfacer estas demandas, las empresas recurren a sus organizaciones de TI. La buena noticia es que no tiene que hacerlo solo. Sovos cuenta con los conocimientos necesarios para guiarle a través de esta evolución global, basándose en nuestra experiencia de trabajo con muchas de las principales marcas del mundo.

Parte IV de V – Ryan Ostilly, vicepresidente de producto y estrategia GTM EMEA & APAC, Sovos

Clic aquí para leer la parte III de la serie.

Las leyes de facturación electrónica exigidas por los gobiernos se están abriendo paso en casi todas las regiones del mundo, trayendo consigo mandatos y expectativas más estrictas para las empresas. Insertos en todos los aspectos de su operación, los gobiernos son ahora una influencia omnipresente en su pila de datos, que revisa cada transacción en tiempo real mientras atraviesa su red. La supervisión en tiempo real también ha traído consigo la aplicación de la ley en tiempo real, que puede variar en severidad desde multas significativas, hasta el cierre completo de su negocio. Todo esto ha creado una nueva realidad para los líderes de TI, que necesitan una estrategia para hacer frente a estos cambios globales. Pedimos a nuestro vicepresidente de producto y estrategia GTM, Ryan Ostilly, que nos ofrezca su orientación sobre cómo afectará esto a los departamentos de TI y cómo pueden prepararse mejor.

P: Ahora que las autoridades gubernamentales están en los datos de las empresas y exigen informes en tiempo real o casi real, ¿qué impacto tendrá esto en los departamentos de TI?

RO:  Los equipos de TI tendrán que trabajar duro para garantizar que sus sistemas fiscales transaccionales y financieros principales tengan la capacidad mejorada de extraer, transformar, remitir y consumir datos en tiempo real con todas las jurisdicciones fiscales en toda su huella global, en cumplimiento de una miríada de requisitos legales y de procedimiento en constante cambio. Con la aceleración del ritmo de esta disrupción, los gobiernos están reescribiendo las reglas sobre el control y el compromiso de los contribuyentes, forzando la conexión directa y la intimidad con los propios datos.

Me temo que, en un número creciente de casos, los propietarios de los datos pueden ser departamentos funcionales. El departamento de TI tendrá que evolucionar su papel en esta relación, considerando al gobierno como un socio comercial crítico, con el que deben estar siempre conectados, de forma continua y completa.

P: Para cumplir con los mandatos del gobierno y garantizar que las operaciones continúen sin interrupción, ¿qué debe priorizar TI? ¿Qué enfoque recomendaría?

RO:  En esta era moderna de transformación fiscal iniciada por el gobierno, un departamento de TI exitoso perseguirá una estrategia proactiva que priorice un marco conectado, continuo y completo para los mandatos del gobierno y los Controles Transaccionales Continuos (CTC). Estos tres principios son:

Conectado – Diseñe una estrategia simplificada de integración y de proveedores. Reduzca la exposición a múltiples integraciones y proyectos grandes cuando adopte nuevas jurisdicciones o implemente cambios.

Continuo – Asóciese con expertos en normativa y legislación de forma regular. Revise los próximos mandatos y evalúe el impacto en sus requisitos empresariales actuales y futuros.

Completo – Piense más allá de los aspectos técnicos y los esquemas. Asóciese con expertos en materia fiscal a la hora de traducir y validar los requisitos del mandato, ya que estos resultados definirán la posición financiera y fiscal de su empresa ante las autoridades fiscales en tiempo real.

Muchas cosas han cambiado en el mundo de la facturación electrónica exigida por los gobiernos. La continua inversión en tecnología por parte de las autoridades gubernamentales ha puesto a los reguladores en posición de exigir una mayor transparencia junto con informes más detallados y en tiempo real. Para satisfacer estas demandas, las empresas recurren a sus organizaciones de TI. La buena noticia es que no tiene que hacerlo solo. Sovos cuenta con los conocimientos necesarios para guiarle a través de esta evolución global, basándose en nuestra experiencia de trabajo con muchas de las principales marcas del mundo.